Visto :
Atento a las solicitudes formuladas por el Ing. Carlos A.Buttó y la Comisión Vecinal San José Obrero, mediante los expedientes Nº 102017-B-2001 y Nº 104.394-C-2001 respectivamente, requiriendo el análisis de la cuestión planteada por la afectación de tierras determinada por el Art.1º.- inciso g) de la Ordenanza Nº1649/87 destinadas a la calle pública Norah Wade de Basualdo, parcialmente abierta y habilitada, la Dirección de Obras Privadas ha realizado el pertinente estudio de la situación que enmarca el requerimiento formulado por los tenedores de los inmuebles afectados por la precitada normativa.
A pesar que el Art.5º de la Ordenanza, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal para tramitar con los propietarios de los inmuebles afectados la forma de transmitir el dominio a la Municipalidad, en caso que los mismos lo solicitaran y llevar a cabo su compensación con otros lotes de reserva municipal, transcurrieron quince años sin que se realizara ningún tipo de gestión de canje de parcelas, que supuestamente revistieran carácter de baldío; contemporáneamente a la fecha de sanción de la Ordenanza Nº 1649/87 en ocho de los doce lotes afectados, existían edificaciones y en siete casos éstas constituían mejoras declaradas y autorizadas por la Municipalidad.
Actualmente existen once parcelas con edificación y en todos los casos se ha verificado que corresponde declarar mejoras incorporadas sin gestión del pertinente permiso municipal de obra; en gran medida tales construcciones invaden el área afectada para la apertura de la calle Norah Wade de Basualdo.
Resulta innegable que en el marco del cuadro social-económico en que se halla el país y el elevado número de parcelas que aparecen con edificación en el sector afectado, crea una situación sumamente crítica no solo a la Municipalidad sino también a los propietarios frentistas, de difícil resolución en el corto y mediano plazo. A partir de lo expuesto resulta razonable derogar el inciso g) del Artículo 1º) de la Ordenanza Nº1649/87, manteniendo el ancho actual de 10,00 m. de la calle Norah Wade de Basualdo en el tramo cuyo arranque debe computarse a los 37,30m. hacia el noreste de la intersección de la calle Junín (manzana "F" - Catastral 142I, del plano oficial de la ciudad), finalizando a los 98,14m. de la intersección con calle Junín (Manzana "E" y "C" - Catastral 142H, también del plano oficial de la ciudad).
Considerando :
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente Ordenanza Nº 2944/02, a los cinco días del mes de junio del año dos mil dos.
Derógase el inciso g) del Artículo 1º de la Ordenanza Nº1649/87.
Mantener para la calle Norah Wade de Basualdo el ancho actual de diez (10) metros en el tramo cuyo arranque debe computarse a los 37,30 m. hacia el noreste de la intersección con la calle Junín y finalizando en la intersección con calle Lisandro de la Torre.
Para las construcciones existentes en la zona afectada por el Artículo 1º.- inciso g), el que se deroga a partir de la presente, y ejecutadas sin permiso previo municipal que corresponda ser realizada, será válida tal gestión administrativa.
Comuníquese, publíquese y archívese.