Visto :
La donación realizada por el señor Miguel Llados al municipio local de la Reserva Municipal N° 108; y,
Considerando :
Que mediante el plano de mensura y subdivisión Nº 48964 del año 1967 confeccionado por el Ing. Dante Casadei, el señor Miguel Llados hizo donación a la Municipalidad de Venado Tuerto de las siguientes fracciones: Lote 3 de la Manzana A y Lotes 3 Y 4 de la Manzana B, Chacra 52, para Reserva Municipal del dominio privado del estado, Y para calles públicas 3.650,00 m2 para dominio público del estado.-
Que al día de la fecha no se ha realizado aún la inscripción registral del dominio adquirido a título gratuito.-
Que asimismo no se ha podido encontrar dentro de los archivos municipales correspondientes el acta original de donación, como tampoco la aceptación de la donación respectiva que acrediten tal hecho, y por ello el Registro General Rosario no hace lugar a la inscripción pretendida con la documentación existente.-
Que es materialmente imposible ratificar la donación efectuada que justifique fehacientemente la liberalidad efectuada, por cuanto el donante, señor Miguel Llados, ha fallecido.-
Que en consecuencia, y al haber poseído la autoridad municipal los referidos terrenos en forma quieta, pacífica e ininterrumpida más de veinticinco años, deberá proceder a realizar escritura declarativa de prescripción adquisitiva conforme los términos dispuestos en la Ley Nacional N° 24.320 Y Ley Provincial Nº 12.115.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente ORDENANZA
Declárese operada la prescripción adquisitiva del dominio a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, en los términos de la Ley Nacional Nº 24.320 y la Ley Provincial Nº 12.115, respecto del Lote 3 de la Manzana A y los Lotes 3 y 4 de la Manzana B de la Chacra 52, 14.725,00 m2, destinados a Reservas Municipales (dominio privado del estado) y dos lotes de 3.650,00 m2 destinados a calles públicas (dominio público del estado), según plano de mensura y subdivisión Nº 48964/67 confeccionado por el Ing. Dante Casadei, en virtud de la posesión que ha mantenido el municipio local desde el momento mismo de la presentación del plano de mensura en Catastro Municipal y aprobado por la Dirección General de Catastro Delegación Rosario en fecha 23/01/1967, formando dicho plano parte integrante de la presente Ordenanza.
Otórguese para ello la correspondiente escritura traslativa del dominio.
Dispóngase que una vez confeccionada la escritura pública pretendida, se inscribirá la misma por ante el Registro General Rosario con la debida diferenciación del destino otorgado a las distintas superficies de terrenos poseídas por el municipio local.
Comuníquese, publíquese y archívese.