Ordenanza Nº 3305 : CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS - EX COMBATIENTES DE MALVINAS - DESCUENTO
Visto :
Los reconocimientos efectuados a los ex-combatientes de la guerra de Malvinas en todas las ciudades del país por su defensa de las tierras Argentinas; y
Considerando :
Que mediante la Ordenanza Nº 2398/1997, la Municipalidad de Venado Tuerto eximió del pago de la Tasa General de Inmuebles a los ex-combatientes, esposas o descendientes de los veteranos vecinos de nuestra ciudad que participaron de la Guerra de Malvinas.
Que los soldados combatientes en la Guerra de Malvinas lucharon con una actitud altruista en beneficio de la soberanía argentina sobre los archipiélagos del sur.
Que la solidaridad del pueblo hacia los ex-combatientes debe ser constante, y el principal impulsor de dicho reconocimiento tiene que ser el Estado.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:
Realícese un descuento del cincuenta (50%) por ciento de las deudas por contribución de mejoras de pavimento y de contribución de mejoras a emitirse a los excombatientes de la Guerra de Malvinas vecinos de nuestra ciudad sean titulares de vivienda única.-
Dispóngase que en el caso de tratarse de excombatientes que sean titulares dominiales de más de un inmueble, la presente norma alcanzará solo al que corresponda a vivienda permanente del interesado y no a otros.-
En caso de fallecimiento del titular, el descuento mencionado en el art. 1º se mantendrá vigente y en condiciones similares al momento del deceso para herederos que se ajusten a lo normado en el art. 2º.-
Comuníquese, publíquese y archívese.-