Visto :
El Programa Federal de Emergencia Habitacional por Cooperativas de Trabajo, mediante el cual se han construído dieciséis viviendas correspondientes a la primera etapa según Planes Nº 4022/01 - 4022/02 y 4022/04, restando por construir otras dieciséis viviendas más en una segunda etapa, y;
Considerando :
Que la Municipalidad de Venado Tuerto ha realizado la construcción de dieciséis viviendas de la etapa 1 en la Chacra 59, Manzanaa 1, lotes 11 al 17 al 19, los cuales son de propiedad municipal.-
Que el lote Nº 16 de la misma manzana y chacra es propiedad de la señora Eleonora Jaquelina Moia, hecho que se acredita mediante boleto de compraventa de fecha 9 de mayo del 2003 y que se acompaña en fotocopia a este expediente administrativo para su conocimiento.-
Que la Municipalidad de Venado Tuerto le ha propuesto a la señora Eleonora Jaquelina Moia la permuta de dicho lote por otro de propiedad municipal, a los fines de poder utilizar el mismo para la continuidad del programa de construcción de viviendas mencionado.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente Ordenanza
Ratifíquese el convenio de permuta suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la señora Eleonora Jaquelina Moia (D.N.I. Nº 24.702.210) en fecha 24 de julio de 2007, que se adjunta como Anexo I y formará parte integrante de la presente Ordenanza, por los motivos expuestos en los considerandos del presente dispositivo.-
Comuníquese, publíquese y archívese.-