Decreto Nº 178/06 : BASURAL MUNICIPAL - CONTROL DE ACTIVIDADES - SECRETARÍS DE OBRAS PÚBLICAS - SERVICIOS PÚBLICOS - PROHIBICIÓN ACCESO MENORES - GUARDI PERMANENTE - IMPLEMENTACIÓN

Visto :

Los últimos hechos que son de público conocimiento, ocurridos en el predio donde funciona actualmente el basural municipal y lotes circundantes, no pertenecientes al municipio, donde sistemáticamente, las personas que merodean tal sector prenden fuego a la basura con distintos objetivos, todos relacionados con las actividades de cirujeo que allí se practican, y;

Considerando :

Que el humo proveniente de la quema, cuando la dirección del viento se produce en el sentido Oeste-Este, avanza sobre la ciudad afectando principalmente a los Barrios Rivadavia y Juan XXIII.-

Que las molestias ocasionadas a los habitantes de la ciudad son cada vez más frecuentes, generando problemas de salud en aquellas personas que sufren de enfermedades respiratorias, alergias o de fácil vulnerabilidad al aspirar dicho humo.-

Que no configura intención por parte de este Municipio, generar problemas y/o inconvenientes a aquellas personas que lamentablemente sobreviven de la clasificación de la basura en condiciones de salud y saneamiento inadecuadas, no obstante ello es imprescindible regular y supervisar las actividades de las personas y vehículos que interactúan dentro del predio del actual basural, hechos que se dejo de realizar tras la crisis socio-económica surgida en nuestro país a partir del año 2000 y ante el pedido de aquellas personas que viven de las clasificaciones de los residuos.-

Que otro hecho de gravedad estriba en que desde hace ya un tiempo a esta parte existen gran cantidad de menores de edad en el lugar, con los consiguientes peligros, que ello implica para su salud física y psíquica.-

Que se ha tomado conocimiento de algunos propietarios de predios circundantes al basural, que estarían desviando sistemáticamente, residuos transportados por particulares y que luego son incinerados para facilitar las tareas de clasificación.-

Que el municipio no debe renunciar a su poder de contralor de algunas actividades que atentan contra la salud y el bienestar de la población en general, debiendo velar permanentemente por la mejor calidad de vida de sus ciudadanos.-

Por ello, el Señor Intendente Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones legales, dicta el siguiente Decreto:

Artículo Nº 001

Autorízase a las Secretarías de Obras Públicas y Planeamiento y de Servicios Públicos a restringir y controlar las actividades desarrolladas por las personas que trabajan en el actual predio del basural municipal en todo lo concerniente a la quema de basura allí existente.-

Artículo Nº 002

Prohíbase terminantemente la entrada de personas menores de edad al predio del actual basural municipal.-

Artículo Nº 003

Establécese a los efectos de brindar seguridad y vigilancia al predio mencionado, una guardia permanente de tiempo completo, la cual podrá requerir el auxilio de la fuerza policial si así se estima necesario para re-establecer el orden de dicho lugar.-

Artículo Nº 004

Autorízase a las Direcciones de medio ambiente y acción social de este municipio, a desarrollar políticas de consenso para con las personas que actualmente trabajan en el predio del basural a los fines de instrumentar de la mejor manera, lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del presente dispositivo legal.-

Artículo Nº 005

Instrúyase a la Dirección de Inspección General, a labrar actas a todos aquellos propietarios y/o poseedores bajo cualquier título de los predios aledaños al del actual basural, para que cesen inmediatamente en sus actividades en cuanto a la acumulación de basura y posterior quema de la misma.-

Artículo Nº 006

Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, regístrese, envíase copia a Secretaría de Hacienda y archívese.-