Ordenanza Nº 3405 : ORDENANZA 3346 - RECTIFICACIONES

Visto :

La sanción por este Concejo Municipal de la Ordenanza Nº 3346/2006, y;

Considerando :

Que hay una omisión en el tipeo del artículo 14 de la misma, donde no se insertó la palabra Presidente.-

Que igualmente se ha omitido el título CRONOGRAMA ELECTORAL antes del artículo 41.-

Que en la delimitación del Barrio Santa Rosa (art. 42, inc. b) se ha escrito Calle 31 en lugar del nombre designado Mariano López.-

Que en la delimitación del Barrio Norte (art. 42 inc. g) se ha escrito Juan Bautista Alberdi en lugar del correcto Juan Carlos Alberdi.-

Que es solicitud de Coordinación de Vecinales y de distintos vecinos la extensión de los límites de los Barrios Sector VI y Ciudad Nueva, Martín Miguel de Guemes e Iturbide.-

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:

Artículo Nº 001

Modifíquese el artículo 14 de la Ordenanza Nº 3356/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Art. 14º.- La Junta Electoral funcionará con al menos dos de sus miembros presentes. En caso de que el Presidente esté ausente, asumirá la presidencia el Vocal Primero y cumplirá con los deberes y atribuciones que le competen al cargo. Los tres miembros tienen derecho al voto y en caso de empate el voto del Presidente se contará de manera doble".-

Artículo Nº 002

Insértese entre los artículos 40 y 41 de la Ordenanza Nº 3346/2006 el Título "CRONOGRAMA ELECTORAL".-

Artículo Nº 003

Modifíquese el artículo 42 inc. b) de la Ordenanza Nº 3346/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"b) Barrio Santa Rosa: delimitado por calle Nº 57; Chaco; Ruta Nac. Nº 33; Roberto Cavanagh; Mariano López; Santa Fe; Ruta Nac. Nº 33 hacia el SO abarcando las medias manzanas que se encuentran al SO de Avda. España, continuando hasta el límite paralelo a Los Fresnos, hacia el NE hasta Ruta Pcial. 7-S y por esta hasta calle Nº 57.-"

Artículo Nº 004

Modifíquese el artículo 42 inc. g) de la Ordenanza Nº 3346/2006, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"g) Barrio Norte: delimitado por calles Guillermo Dimmer; Santa Fe; Juan Carlos Alberdi; Proyección de Calle Caseros; Comandante Espora; Brown; y Av. A. Estrugamou/Luis Chapuis."

Artículo Nº 005

Modifíquese el Artículo 42 inc. l) de la Ordenanza Nº 3346/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"l) Barrio Fonavi Sector VI y Ciudad Nueva: delimitado por calle Comandante Espora/Juan Cavanagh; Camino de Circunvalación; Avda. Laprida y Chaco, Jujuy.-"

Artículo Nº 006

Modifíquese el artículo 42 inc. p) de la Ordenanza Nº 3346/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"p) Barrio Martín Miguel de Guemes: delimitado por Cayetano Silva (vías del ferrocarril); Antártida Argentina; Güemes; Neuquen/Chaco; Laprida; y Camino de Circunvalación.-"

Artículo Nº 007

Modifíquese el artículo 42 inc. s) de la Ordenanza Nº 3346/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"s) Barrio Pedro Iturbide: delimitado por Pte. Juan D. Perón; Eva Perón; Fortín el Hinojo; Avda. Alem; Carelli; hasta proyección de calle Tucumán (vereda NE); Eterovich; 3 de Febrero (vereda NE) hasta Pte. Juan D. Perón.-"

Artículo Nº 008

Comuníquese, publíquese y archívese.-