Ordenanza Nº 3507 : TAXIS - TARIFA - INCREMENTO

Visto :

La nota remitida a este Concejo Municipal por el señor Secretario General del Centro Propietarios de Taxis, en la cual requiere la autorización legislativa del cambio de tarifa mínima aplicable a la actividad del sector, y;

Considerando :

Que la entidad solicitante invoca como fundamento de su pretensión el aumento de los costos de los insumos respectivos que necesita dicho servicio para su correcta prestación.-

Que puntualmente solicita cobrar la suma de Pesos DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.50) hasta los mil metros, para luego facturar DIEZ CENTAVOS DE PESO ($ 0.10) cada ochenta metros de recorrido.-

Que oportunamente se remitió a este Cuerpo Legislativo documentación que acredita que el mínimo cobrado vigente a la fecha es de Pesos DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.50) hasta los mil trescientos metros, y luego se factura DIEZ CENTAVOS DE PESO ($ .010) cada cien metros de recorrido.-

Que en función de los antecedentes expuestos, este Concejo Municipal entiende que existe mérito y conveniencia administrativa en así disponerlo mediante la sanción de una norma que lo establezca en tal sentido.-

Poe todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones la presente Ordenanza:

Artículo Nº 001

Autorícese al Centro Propietarios de Taxis de la ciudad de Venado Tuerto, con domicilio en calle Quintana Nº 851 de esta ciudad, a disponer lo conducente para que las unidades vehiculares que dependan de la misma por estar afectadas a la prestación del servicio de taxis cobren por dicha actividad la suma de Pesos DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2,50) hasta los mil metros de recorrido, para luego facturar DIEZ CENTAVOS DE PESO ($ 0,10) cada ochenta metros de recorrido.-

Artículo Nº 002

Comuníquese, publíquese y archívese.-