Ordenanza Nº 3042 : EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL - PARTICIPACIÓN SOCIAL - PROCEDIMIENTO

Visto :

La necesidad de seguir adoptando mecanismos orientados a la defensa y preservación del ambiente, impone al Concejo Municipal el dictado permanente de normas que impulsen y aseguren este cometido.

En este espacio existe una profusa legislación que a la par de dar cuenta de esa preocupación, demuestra el acentuado interés en hacer que la concientización de estos resguardos se corporice en la población y modifique conductas agresoras que comprometen la salud y tranquilidad de los vecinos.

Además de su directa responsabilidad en la adopción y ejercicio de esta práctica, el Estado Municipal debe generar los ámbitos propicios para estimular la participación ciudadana en un tema que está íntimamente relacionado con su calidad de vida.

Considerando :

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente Ordenanza

Artículo Nº 01

Regúlase por la presente normativa el procedimiento tendiente a lograr la participación social en la evaluación del impacto ambiental.-

Artículo Nº 02

El Municipio pondrá en conocimiento del Concejo Municipal, todo emprendimiento público o privado que pudiere comprometer el ambiente, con el objeto de contribuir a la evaluación del impacto sobre el ambiente.-

Artículo Nº 03

Iniciado el trámite, conforme a lo dispuesto en los artículos anteriores, tomará intervención la Comisión de Control y Preservación del ambiente, quién podrá convocar a audiencias públicas con participación del Plan General.-

Artículo Nº 04

El Municipio asegurará el derecho a la información de los vecinos con relación a emprendimientos encuadrados en la presente Ordenanza y poniendo a su disposición toda información existente sobre el particular.-

Artículo Nº 05

Previo a la realización de la obra, el Municipio favorecerá la difusión pública de todas las instancias relacionadas con los trámites precedentemente indicados y girará copia certificada de las actuaciones a los funcionarios de otras jurisdicciones por considerar que les corresponde intervenir, con el objeto de que aprecien en sus decisiones las informaciones y opiniones recabadas por medio del presente procedimiento.-

Artículo Nº 06

Comuníquese, publíquese y archívese.-