Ordenanza Nº 3671 : MEDICAMENTOS VENCIDOS- DESTINO - REGLAMENTACIÓN

Visto :

La necesidad de regular en domicilios particulares el descarte de medicamentos vencidos; y,

Considerando :

Que el desecho de medicamentos por parte de particulares como residuos comunes contamina en forma importante el medio ambiente.
Que la mayoría de la ciudadanía no se encuentra educada en cuanto a la manipulación de medicamentos vencidos.
Que más allá que la población se encuentre informada sobre esta problemática, es necesario darle un marco regulador.
Que además se debe informar clara sobre los lugares habilitados para el descarte de medicamentos.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente

Artículo Nº 001

Habilítese en todos los centros de salud municipales un espacio para la recepción de medicamentos vencidos.

Artículo Nº 002

Se recibirán sin costo alguno los medicamentos vencidos de consumo personal de ciudadanos particulares.

Artículo Nº 003

Con estos medicamentos se utilizarán las mismas vías que para desechar los medicamentos municipales vencidos.

Artículo Nº 004

Queda expresamente prohibido aceptar medicamentos vencidos de farmacias, clínicas, sanatorios u otros efectos de salud.

Artículo Nº 005

Comuníquese, publíquese y archívese.