Ordenanza Nº 3060 : REGISTRO DE CARRERAS DE EDUCACIÓN FORMAL Y NO FORMAL - CREACIÓN - REQUISITOS - COMISIÓN DE EDUCACIÓN - PLAN GENERAL

Visto :

La multiplicidad de Institutos que dictan carreras y/o cursos de educación formal y no formal, en nuestra ciudad.

La ausencia de mecanismos de control de las carreras o cursos habilitarse y/o dictarse.

La imposibilidad o desconocimiento por parte de los ciudadanos de saber si las carreras son de educación formal o no formal, si están autorizadas o no por el Ministerio de Educación, si tienen número de Decreto o Resolución, y;

Considerando :

Que resulta pertinente establecer definiciones con respecto a la instalación de carreras e institutos, para coordinar la oferta.

Que resulta fundamental generar un marco normativo amplio y flexible, en donde se fijen los criterios básicos acerca de la instalación de las mismas.

Que sería conveniente difundir una oferta de carreras en un único formato.

Que resulta pertinente abrir un registro de carreras y ofertas educativas de la ciudad.

Que es conveniente que en la difusión de las ofertas educativas, los Institutos aclaren que tipo de formación son las que dictan.

Por todo ello, el Concejo Municipal en uso de sus funciones y atribuciones, sanciona la presente

Artículo Nº 01

Créase un Registro de Carreras de Educación Formal y No Formal, que sean dictadas por los diferentes Institutos de la nuestra ciudad. El mismo será habilitado por la Comisión de Educación Superior del Plan General de Venado Tuerto.

Artículo Nº 02

A los efectos de la habilitación municipal de un Instituto será necesario la presentación de la siguiente documentación:

a) Los objetivos de la formación.
b) Los requisitos de admisión, cursado y evaluación.-
c) La carga horaria total.-
d) Las unidades curriculares (asignaturas, seminarios, talleres, laboratorios de experiencia, trabajos de campo, ejercicio de investigación).
e) Las modalidades de dictado para cada caso. (presencial, semi-presencial)
f) Tipo y grado de formación académica (formal - no formal)
g) Número de Resolución electoral - Número de Resolución Ministerial.
h) Infraestructura (aulas, mobiliarios, gabinetes, laboratorios, bibliotecas, centro de documentación).

Artículo Nº 03

º.- Desígnase a la Comisión de Educación Superior del Plan General como responsable de la acreditación de avales para su difusión e incorporación en el Registro de los Institutos que dicten cursos y carreras de educación formal y no formal.-

Artículo Nº 04

Solicítese a los Institutos, para la difusión de sus cursos o carreras, tanto en cartelería, folletería, o publicidad en medios masivos, aclarar que tipo de formación se imparte, en ella deben figurar si es educación formal o no formal, si tiene autorización del Ministerio de Educación, número de Resolución o número de Decreto.-

Artículo Nº 05

Difúndase a través del Plan General y/o la Comisión de Educación Superior las carreras o cursos que fueran avaladas en el Registro.-

Promulga a : Decreto Nº 156/03