Ordenanza Nº 1785 : CALLE VUELTA DE OBLIGADO - DENOMINACIÓN - EX CALLE 103.

Visto :

La conmemoración a efectuarse el próximo 20 de noviembre del COMBATE DE OBLIGADO, y;

Considerando :

Que el 20-11-1845 se produjo este hecho histórico, que testimonia la defensa de lo nacional con coraje y valor .-

Que nuestra ciudad tiene calles con nombres de batallas libradas contra los españoles tales como Suipacha, Chacabuco, Maipú, Junín, San Lorenzo y Ayacucho, y contra los portugueses como Ituzaingó. También hay referencias a luchas entre argentinos como Caseros y Pavón.-

Que el Combate de Vuelta de Obligado si bien en sí fue una derrota ante fuerzas muy superiores de ingleses y franceses, con los de San Lorenzo y Quebracho, pueden considerarse como la oposición patriota a la libre navegación de los ríos que sustentaban las potencias europeas.-

Que con esta conmemoración también se hace una reivindicación de aquellos bravos luchadores como Mansilla, Thorne y tantos otros que se resistieron en una batalla desigual contra la flota bloqueadora.-

Que habiendo sido nuestra Provincia escenario principalísimo, junto con la de Buenos Aires de tales enfrentamientos se torna necesario designar a una de las calles de nuestra ciudad con el nombre de este combate.-

Que por todo ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente Ordenanza

Artículo Nº 01

Desígnase a la calle Nº 103 con el nombre de VUELTA DE OBLIGADO en conmemoración a la gesta del 20 de noviembre de 1845.-

Artículo Nº 02

A través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procédase a la confección e instalación de los respectivos indicadores.-

Artículo Nº 03

Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-