Ordenanza Nº 3015 : ESTABLECIMIENTOS FRIGORÍFICOS - FABRICANTES DE HIELO - GAS AMONÍACO - SENSORES - INSTALACIÓN - OBLIGATORIEDAD

Visto :

Las autoridades del municipio tienen la responsabilidad y deben arbitrar los recaudos necesarios tendientes a ofrecer elementos y/o condiciones, de seguridad a la población, en su relación con las actividades que realizan determinadas empresas y que por su naturaleza pueden exponer a riesgos a las personas.

Así es que, oportunamente, y en cada caso, se ha ido nutriendo a la legislación local de distintas normas orientadas a este cometido, a la que se pretende enriquecer con la incorporación de la iniciativa que ocupa la faz resolutoria de la presente.Por todo ello, el concejo Municipal en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la siguiente Ordenanza

Considerando :

Artículo Nº 01

Todo establecimiento frigorífico y de fabricación de hielo habilitado en la ciudad de Venado Tuerto, que utilice gas amoníaco, deberá contar con la instalación de sensores a fin de detectar fugas de gas.

Artículo Nº 02

La instalación de sensores estará a cargo del propietario del establecimiento debiendo poseer cada sensor una señal luminosa y sonora que se activará al detectar la pérdida.

Artículo Nº 03

Comuníquese, publíquese y archívese.