Ordenanza Nº 3020 : CONTRATO DE CONCESIÓN DE AGUA POTABLE Y CLOACAS - APROBACIÓN TEXTO - COOPERATIVA DE OBRAS SANITARIAS - PLAZO

Visto :

El contrato que se aprueba con esta Ordenanza, es fruto de esforzadas gestiones y negociaciones llevadas cabo durante largo tiempo y que se remonta a varios años, teniendo como objetivo principal, cancelar una deuda histórica que, desde lo político institucional se tiene con el pueblo de Venado Tuerto.

Es de destacar que el Plan General ha gravitado en la elaboración del proyecto definitivo de esta Ordenanza, teniendo en cuenta el tratamiento prioritario que ha tenido el tema el agua potable. Ampliamente debatido y con aportes de todos los sectores, fue una de las discusiones que atrajo mayor participación de sus integrantes. A través de los diagnósticos elaborados tras minuciosos estudios ambientales y sociales, quedaron al descubierto los múltiples perjuicios que acarrea para la comunidad la carencia de tan vital elemento. El alarmante índice de enfermedades de origen hídrico, la desigualdad para el acceso al consumo de agua potable, la contaminación de napas subterráneas a través de pozos ciegos, fueron algunos de los muchos dictámenes que elaboró el Plan General y que aceleraron las tratativas que hoy comienzan a concretarse con la sanción de esta Ordenanza. La participación del Plan General en esta instancia, ha tenido un efecto preponderante y decisivo.

No hay dudas sobre la trascendencia social que tiene este emprendimiento, tanto para las autoridades Municipales como para los directivos de la Cooperativa de Obras Sanitarias, que a lo largo de las gestiones apuntadas, consideraron necesario superar difíciles trances que muchas veces obstaculizaron la concreción del acuerdo, pero que sirvieron para que cada una de las partes se empeñara en mejorar sus propuestas con responsabilidad, madurez y comprensión mutua.

Entre los aspectos más relevantes del acuerdo alcanzado con la Cooperativa de Obras Sanitarias, conviene señalar que la concesión -además de garantizar el suministro de agua potable a la ciudad- tiende a regularizar legalmente el servicio de la red cloacal, teniendo en cuenta que había cesado su vigencia hace bastante tiempo.

Además, los planes de expansión del servicio abarcan de un modo integrado y racional todo el ejido urbano de la ciudad, ampliando largamente el espacio a servir, conforme estaba previsto originalmente en la Ordenanza Nº 2123/93.

Es de destacar que los servicios comprometidos por la concesionaria, están encuadrados estrictamente a las exigencias de la Ley Provincial Nº 11.220, habiendo acreditado técnica y financieramente su capacidad para prestar el servicio con holgura.

Respecto al cuadro tarifario, debe señalarse que se ha puesto especial énfasis en hacer viable un buen servicio para todos los usuarios, y con una tarifa más barata para los de menores recursos. De esta manera se garantiza el servicio de cloacas y agua potable en toda el área prevista para el servicio.

En cuanto a la protección del medio ambiente y los reclamos de los usuarios -pautas previstas en la Ley Nº 11.220- se ha estimado conveniente no crear otro organismo burocrático para su aplicación que genere mayores costos, dándole estas competencias a los organismos preexistentes en la actual estructura administrativa Municipal, Departamento Ejecutivo Municipal y Concejo Municipal, sin perjuicio de las que pertenecen al ENRES (Ente Regulador de Servicios Sanitarios) y que son ejercidas en el ámbito provincial.

En lo referente al plazo de concesión, se ha considerado hacerlo por veinticuatro (24) años, estimando que es un tiempo prudencialmente aceptable dado los servicios que se prestan y en lógica concordancia con la amortización de los bienes afectados por la concesionaria, mientras dure el contrato.

Finalmente, y avanzando en el saneamiento ambiental, se autoriza la suscripción de una carta intención entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la Cooperativa de Obras Sanitarias, sobre la disposición final de residuos sólidos. Con la firma de esta carta intención, se inician acciones concretas sobre un tema que ha sido de permanente preocupación de las autoridades Municipales y de toda la comunidad de Venado Tuerto. Oportunamente la Municipalidad inició estudios, basándose en la documentación aportada por la Universidad Nacional de Córdoba y que han sido actualizados en el marco de un Convenio de Asistencia Tecnológica con el CEAMSE (Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado), debiéndose destacar que entre los proyectos prioritarios del Plan General, estaba precisamente el tratamiento sobre la disposición final de residuos sólidos.

Considerando :

Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente Ordenanza Nº 3020/03, a los tres días del mes de enero de dos mil tres.-

Artículo Nº 01

Apruébase en todos sus términos el texto del contrato y sus Anexos I, II, III, IV, V, VI, que integran las disposiciones de esta Ordenanza, para la concesión de la prestación de los servicios de Agua Potable y Cloacas en el ejido urbano de Venado Tuerto por el término de veinticuatro (24) años.-

Artículo Nº 02

Autorízase al Señor Intendente Municipal de Vendo Tuerto en calidad de titular del Departamento Ejecutivo Municipal, a firmar el contrato de concesión de prestación de los servicios de Agua Potable y Cloacas, cuyo texto y Anexos I, II, III, IV, V, VI, se aprueba en el Art. 1º.-, con los representantes legales de la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto, el que regirá a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

Artículo Nº 03

Autorízase al Señor Intendente Municipal de Venado Tuerto en calidad de titular del Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la Carta Intención con la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto, según Proyecto sobre Disposición Final de Residuos Sólidos.-

Artículo Nº 04

Comuníquese, publíquese, archívese.-

Promulga a : Decreto Nº 001/03