Decreto Nº 043/08 : VALOR HORA CÁTEDRA - DETERMINACIÓN

Visto :

La recomposición salarial que está llevando a cabo este Departamento Ejecutivo Municipal, y;

Considerando :

Que la Secretaría de Promoción Comunitaria y Social cuenta con personal capacitado para dictar diferentes cursos a través de los Talleres Municipales.-

Que este Municipio ha ejecutado reajustes salariales a sus agentes y que por lo tanto, corresponde, trasladar tales reajustes al valor de la hora cátedra, a los efectos de que dicho personal no se sienta menoscabado en sus derechos.-

Que por ello, el Sr. Intendente Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones dicta la siguiente:

Artículo Nº 001

Fíjase en la suma de PESOS DIEZ ($10,00) el valor económico de la hora cátedra todo ello de aplicación al día 01 de junio del corriente año 2008, a los efectos de calcular la retribución económica al personal que desarrolla tareas y/o servicios dictando cursos en los talleres municipales dependiente de la Secretaría de Promoción Comunitaria y Social.-

Artículo Nº 002

Regístrese, comuníquese, entréguese copia a la Secretaría de Hacienda y Dirección de Personal, dese al Boletín Oficial y archívese.