Ordenanza Nº 1382 : CALLE 2 DE ABRIL - DENOMINACIÓN - EX CALLE INGLATERRA
Visto :
Que próximamente se celebra un nuevo aniversario de la reconquista de las Islas Malvinas usurpadas desde enero de 1883, mediante un acto de fuerza por los británicos, y;
Considerando :
Que el atropello perpetrado en el siglo pasado mereció el unánime repudio de la Confederación con claras instrucciones al ministro argentino en Londres Manuel Moreno de formular una protesta "poniendo en claro los fundamentos sólidos en que se apoya deducidos de la historia".-
Que desde entonces nuestras Islas Malvinas pese a los esfuerzos realizados por los distintos gobiernos en pos de su definitiva recuperación han sido vanos.-
Que durante un siglo creció en nuestro pueblo una actitud de pasiva censura y de triste impotencia ante el avasallaje arteramente perpetrado por el coloniaje.-
Que el día 2 de abril de 1982 una fuerza militar argentina intenta la recuperación definitiva.-
Que ese día los argentinos sentimos todos surgir desde el fondo de nuestros corazones las voces de gloria de nuestros ancestros a la vez del sentimiento del pueblo ganaba con inusitada algarabía todos los rincones de la Patria y de América, no ante el hecho Bélico sino ante el claro derecho que nos asistía.-
Que esta fecha, vivirá por siempre en el corazón de la Patria, y no estaremos satisfechos hasta que el usurpador inglés nos devuelva definitivamente el irredento suelo.-
Que por todo ello, el Honorable Concejo Municipal, seno de las inquietudes de su pueblo, en uso de sus facultades y atribuciones que le corresponden, sanciona la siguiente Ordenanza
Al cumplirse el próximo dos de Abril de 1985 el tercer aniversario de la toma de las Islas Malvinas usurpadas en Enero de 1883 por Inglaterra, y en recuerdo de la fecha tan cara para los sentimientos del pueblo, nomínase en todo su recorrido, la calle actualmente designada como "Inglaterra" con la denominación "2 de Abril".-
Procédase a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a efectuar el cambio de las chapas identificatorias a la arteria imputándose los gastos que lo mismo demande a la partida presupuestaria correspondiente.-
Pase al DEM para su promulgación, dese al Boletín Oficial, publíquese y archívese.-