Ordenanza Nº 3689 : ADQUISICIÓN DE MÁQUINA PROCESADORA DE HUEVOS - COOMEA - AUTORIZACIÓN AL D.E.M. - ORDENANZA 3679 - ART. 1 - DEROGACIÓN

Visto :

La sanción de la Ordenanza Nº 3679/2008, por medio de la cual se autorizó al Departamento Ejecutivo a adquirir el equipamiento suficiente para la puesta en marcha del Proyecto Huevos de Oro, que lleva adelante la Cooperativa Granjera de Microemprendimientos Agropecuarios Limitada (COOMEA); y,

Considerando :

Que en los tres primeros incisos del art. 1º de la Ordenanza de marras, la autorización mencionada se refiere a distintos equipamientos a adquirir a la firma Tekno-Ar, de la ciudad de Rosario, al señor Gustavo Cervera, de nuestra ciudad, e innominadamente, a quien lo pudiese prever, la restante maquinaria que se detalla en el inciso 3), respectivamente.
               Que la suma de la adquisición globalmente considerada asciende a $ 345.430, cuyos fondos provienen del subsidio que, a esos efectos, otorgó el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, por medio de la Secretaría de Empleo, en el marco del plan integral "Más y Mejor Trabajo", y la diferencia, conforme con el inciso 4) del mismo artículo, deberá ser afrontada por la COOMEA, así como todo otro gasto que se origine por su funcionamiento.
               Que con el objetivo de optimizar los recursos disponibles, en particular los económicos, los dirigentes de la Cooperativa se comunicaron con un nuevo proveedor, la firma Micro-Molinos MB & H, de propiedad del Ingeniero Juan Alberto Martínez, con domicilio en Peñaloza 2821 de la localidad de Libertad, partido de Merlo, en la provincia de Buenos Aires, quien les ofreció una línea de producción de huevo líquido más el tratamiento de la cáscara que genera el proceso y concebido éste "de punta a punta".
               Que por los motivos expuestos en la nota suscripta por el Presidente de la misma, se enumeran los beneficios y ventajas que la reciente propuesta que les fuera acercada tiene por sobre la que se aprobó en la Ordenanza respectiva.
               Que por tales causas, este Departamento Ejecutivo acompaña la solicitud de los directivos de la COOMEA, en el entendimiento de que las nuevas condiciones son efectivamente más provechosas, y participando del criterio tantas veces reiterado de que el Estado debe propiciar y estimular los emprendimientos productivos y la promoción de puestos de trabajo.
          Que por todo ello, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente

Artículo Nº 001

Deróguese el art. 1 de la Ordenanza Nº 3679/2008.

Artículo Nº 002

Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir a la firma Micro-Molinos MB & H, de propiedad del Ingeniero Juan Alberto Martínez, con domicilio en Peñaloza 2821 de la localidad de Libertad, partido de Merlo, en la provincia de Buenos Aires, una planta para procesar huevo líquido pasteurizado llave en mano, con capacidad para procesar 20.000 huevos al día, con su correspondiente ingeniería de montaje y manuales técnicos a todo costo de provisión de equipos y montaje en la zona que la adquirente le indique, con todas las especificaciones técnicas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de esta Ordenanza, por la suma de pesos doscientos ochenta y ocho mil trescientos veinte ($ 288.320).

Artículo Nº 003

Dispónese que para el supuesto de que los fondos provenientes del subsidio otorgado a estos efectos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación resulten insuficientes para tal erogación, la diferencia será aportada por la Cooperativa Granjera de Microemprendimientos Agropecuarios Limitada (COOMEA).

Artículo Nº 004

Comuníquese, publíquese y archívese.