Ordenanza Nº 3636 : CALLE EGIDIO NICOLÁS BONANSEA - EX 39 - DENOMINACIÓN

Visto :

La necesidad de denominar la calle Nº 39 de la ciudad, surgiéndose para ello el nombre de Egido Nicolás Bonansea, y;

Considerando :

Que el señor Egido Nicolás Bonanssea nació en la pequeña población santafesina la Pelada.
Que es el 9 de octubre de 1899, procedente de Esperanza, Santa fe, llega a la Ciudad para radicarse definitivamente.
Que fue empleado ferroviario escalando posiciones hasta obtener el puesto de Jefe de Estación del Ferrocarril General Bartolomé Mitre en Venado Tuerto en el año 1950, abarcado un periodo de diez años ininterrumpidos como tal.
Que en su múltiple labor desarrollada al margen de la función que le incumbía, integró la comisión de Fomento de venado Tuerto en 1934, ocupando el cargo de Secretario de Actas cuando la misma era presidida por el Dr. Luis Chapuis.
Que fue el tesorero de la ex - caja de Créditos Local, asesor de la cooperativa de Asistencia Social de Venado Tuerto, fundador de la conocida entidad Banquito Ferroviario cuya comisión integró en varias ocasiones de secretario en la Unión Ferroviaria, Secretario en la Casa del Niño y Presidente en dos oportunidades de la Biblioteca Popular Florentino Ameghino.
Que participó en reuniones en la Liga Venadense de Fútbol representado al Club Atlético Central argentino de Venado Tuerto.
Que estaba asociado al club Atlético Jorge Newbery de Venado Tuerto adquiriendo el carácter de vitalicio.
Que fue directo propulsor en la creación del Monumento al Dr. Luis Chapuis eregido en la intersección de las calles Dr. Chapuis y Quintana, dentro del predio de la Estación terminal de Ómnibus.
Que falleció en nuestra Cuidad el 30 de enero de 1983.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente

Artículo Nº 001

Nomínese a la calle Nº 39 de la ciudad de Venado Tuerto con el nombre de "Egidio Nicolás Bonansea"

Artículo Nº 002

Procédase a la señalización correspondiente por Secretaría de Obras Públicas.

Artículo Nº 003

Comuníquese, publíquese y archívese.