Ordenanza Nº 2498 : PAN - FABRICACIÓN - VENTA - TRANSPORTE - REQUISITOS

Visto :

La necesidad de controlar la higiene en la manipulación de alimentos, y

Considerando :

Que cotidianamente se observa que el pan diario que los ciudadanos consumimos pasa por la misma mano que despacha y cobra o se encuentra en los comercios de comestibles sin cubierta que resguarde su calidad, por lo que resulta imprescindible establecer una norma que controle la higiene.-

Que por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

Artículo Nº 001

Establécese que la manipulación del pan en los establecimientos de su fabricación y/o venta y/o expendio al público, debe realizarse con guantes descartables.-

Artículo Nº 002

Dispónese que los restaurantes, bares, confiterías y demás establecimientos gastronómicos donde se consuma pan en cualquiera de sus variedades, deberá ser dispuesto al público consumidor en envases o sistemas cerrados herméticamente en origen, que aseguren si perfecta higiene e impidan la contaminación de las piezas destinadas al consumo.-

Artículo Nº 003

Idéntico resguardo, envasado hermético en origen, deberá efectuarse con relación a la distribución del pan y derivados desde el lugar de su fabricación al de distribución, cuando ello sea en lugar físico distinto y externo.-

Artículo Nº 004

Las infracciones a lo establecido en la presente ordenanza, serán penadas de acuerdo a lo previsto en el régimen de penalidades.-

Artículo Nº 005

Comuníquese, publíquese y archívese.-