Visto :
El expediente Nº 131.931-C-2007 y el acta de donación suscripta a favor del municipio local por el señor Mario Trono en su carácter de apoderado de la sociedad Esteros del Loreto S.A poseedora de un inmueble ubicado en la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, por el cual manifiesta su propósito de fraccionar el mismo, cual es la parte de la Chacra 79 del Plano Oficial de la Ciudad, o sea el lote D del plano de mensura y subdivisión Nº 40.732/1965, inscripto en el Departamento Topográfico de Rosario practicando por el Ing. Antonio Hure; y;
Considerando :
Que el terreno a subdividir desarrolla una superficie total de diecinueve mil quinientos cuarenta metros cuadrados con trece decímetros cuadrados (19.540,13 ms2), y se halla registrado bajo Partida de Impuesto Inmobiliario nº 17-13-00-360341/0004-3, matriculado su dominio en el registro General de la propiedad de Rosario al Tomo 567, folio 288, Nº 402.951 del 2006, departamento General López.
Que por aplicación de las normas generales para la subdivisión de la tierra -decreto Ordenanza Nº 903/76 (bis), Corresponde la cesión a este Municipalidad de Superficies de tierras con el objeto de apertura de calle pública prolongaciones de las calles 26 de abril y Garbarino, y completamiento de las trazas de las calle Prisciano Lascala y Maipú, correspondiendo además ceder para fines de utilidad pública el quince por ciento de la superficie total del inmueble sujeto al fraccionamiento poseído por la propietaria, o sea 2.931,2 ms2 que Esteros del Loreto S.A. propone donar para la reserva municipal una fracción de terreno que no forma parte de la parcela a subdividir, y que se identifica como parte de la Chacra 60 según Plano Oficial de la Ciudad, o sea, el Lote ªN" del plano de mensura y subdivisión Nº 30.199/1961 inscripto en el departamento Topográfico Rosario practicando por el Agrimensor Héctor Oscar Pelosso, que desarrolla una superficie de 10.005,43 ms2.
Que se registran en la Municipalidad antecedentes de donación de tierras destinadas a reservas municipales ubicados en otros sitios y que no constituyen necesariamente parte de la parcela cuyo funcionamiento se propone, verificándose asimismo que al municipio no siempre le resulta indispensable contar tales reservas en la zona del predio a subdividir.
Que expresamente se han formalizado las donaciones y la entrega de posesión a sus efectos.
Que con todo, en las Comisiones de Obra y Servicios Públicos y de Gobierno dependiente de este Cuerpo Legislativo se acordó autorizar a visar técnicamente el plano de mensura y subdivisión del inmueble relacionado en el art. 1 de la presente norma supeditado al cumplimiento por parte de la sociedad propietaria de la obligación de realizar a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto la donación de tierras por una superficie de quince mentros cuadrados (500 ms2) Dicha superficie de terreno estará ubicada en el lote D2 de la Chacra 79 del plano oficial de esta Ciudad, y deberá conocerse a Esteros del Loreto S.A. un plazo para realizar la mensura y subdivisión de los inmuebles en a Ordenanza nº 3518 de Carácter improrrogable y perentorio de ciento veinte (120) días que contarán desde la fecha de su sanción legislativa. Luego, corresponde la derogación de la Ordenanza citada.
Que con fundamento en lo expuesto el Concejo Municipal de venado Tuerto en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
Deróguese la Ordenanza Nº 3518/ 2007.
Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura y subdivisión del inmueble ubicado en esta ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, el cual es parte de la Chacra 79 del plano oficial de la ciudad, o sea el lote "D", del plano de mensura y subdivisión Nº 40732/ 1965, con una superficie total de diecinueve mil quinientos cuarenta metros cuadrados con trece decímetros cuadrados, registrado bajo Partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360341/ 0004-3, inscriptos los títulos en el Registro General Rosario al Tomo 567, Folio 288, Nº 402951 del 13/11/2006, Departamento General López, propiedad de la sociedad "ESTEROS DEL LORETO SOCIEDAD ANONIMA", cuyos estatutos se hallan inscriptos en el Registro Público de Comercio de Venado Tuerto al Tomo I, Folio 187/ 188, Nº 151 de fecha 6 de diciembre de 2002, con domicilio legal en calle 9 de Julio Nº 660 de Venado Tuerto, representada por su mandatario MARIO TRONO, d. n. I. Nº 11.649.074, domiciliado en calle 25 de Mayo Nº 1182 de Venado Tuerto, según Poder General Amplio conforme Escritura Nº 243 de fecha 31 de octubre de 2006 pasada por ante el señor Escribano Público Darío L. Borello.
Acéptese la donación de tierras efectuada por la sociedad propietaria de una superficie total de catorce mil ochocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con treinta y dos decímetros (14.844,32 ms2), los cuales se detallan e identifican de la siguiente manera: a) Lote "A" de la Chacra 79 a subdividir, área cedida para la apertura de calles públicas, prolongaciones de las calles 26 de Abril y Garbarino por una parte y complementario de las trazas de las calles Prisciano Lascala y Maipu por otra, según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor José Luis Centarti, ICOPA Nº 2-0227/ 4, de la Chacra 79 del Plano Oficial de la ciudad, identificado como Lote "D" del plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Antonio Hure, inscripto bajo el Nº 40732/ 1965 en el Departamento Topográfico Rosario; b) Parte de la Chacra Nº 60 según plano oficial de la ciudad, o sea el Lote "N" del plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor Héctor Oscar Pelosso, inscripto bajo el Nº 30199/ 1961 en el Departamento Topográfico Rosario, para constitución de reservas municipales (dominio privado del estado municipal).
La donación total correspondiente según el siguiente detalle:
Apertura calles públicas (dominio público del estado municipal - Lote "A" - Chacra 79): 4.838,89 ms2.
Reserva Municipal (dominio privado del estado municipal - Lote Ñ - Chacra Nº 60): 10.005,43 ms2.
SUPERFICIE SUBTOTAL A DONAR: 14.844,32 ms2.
Acéptese asimismo la donación de tierras de la empresa Esteros del Loreto S. A. a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto por una superficie de quinientos metros cuadrados (500 ms2). Dicha superficie de terreno estará ubicada en el lote D2 de la Chacra 79 del plano oficial de esta ciudad, y se destinará para la construcción de reservas municipales del dominio privado del estado municipal. La donación anteriormente señalada se efectivizará una vez hecho el correspondiente loteo de la manzana citada.
Reserva Municipal (dominio privado del estado municipal): 500,00 ms2.
SUPERFICIE TOTAL A DONAR: 15.344,32 ms2.
Mándese a la vez que la empresa Esteros del Loreto S. A. realizará la mensura y subdivisión de los inmuebles establecidos en el Art. 4º de la presente Ordenanza en el plazo improrrogable y perentorio de ciento veinte (120) días que contarán desde la fecha de la sanción legislativa de la presente.
Comuníquese, publíquese y archívese.