Ordenanza Nº 3720 : PRESUPUESTO GENERAL - EJERCICIO 2009 - APROBACIÓN

Visto :

La necesidad de contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2009, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y;

Considerando :

Que a partir del año 1996 se ha modificado el Clasificador Uniforme, a efectos de poder llevar un mayor seguimiento de los recursos y gastos municipales, clasificándose todos ellos por Secretaría y en algunos casos incluso por Dirección o sector, individualizándose además por separado los gastos de vehículos, asignándose a cada uno un responsable. Posteriormente el Concejo Municipal dio instrucciones para que estas pautas sean tenidas en cuenta en el ámbito interno del D.E.M. para el control de gestión, solicitando la reformulación y agrupamiento de las partidas conforme a los criterios utilizados hasta diciembre de 1995.
Que para la elaboración del presente presupuesto, se recurririó al análisis pormenorizado de todos los recursos disponibles. Este hecho ha permitido que las distintas Secretarías, Subsecretarías y Direcciones elaboren los distintos Programas de Acción, de donde surgen los montos de erogaciones que le permitan alcanzar los objetivos propuestos a través de niveles incrementales de desembolso, para dar lugar a un mejor ordenamiento de las necesidades, de acuerdo con los niveles de recaudación.
Que por lo antes expuesto, el Concejo Municipal en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

Artículo Nº 001

Fíjase en la suma de pesos NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TREINTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS ($ 98.937.035,00) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el ejercicio 2009, conforme el detalle analítico de las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 002

Estímase en la suma de pesos NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TREINTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS ($ 98.937.035,00) el Cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º de acuerdo con el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 003

Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímese el siguiente Balance Financiero preventivo:

     TOTAL CONSOLIDADO     PARA CONSOLIDAR     ORGANISMO DESCENTRALIZADO
TOTAL EROGACIONES s/Art. 1°     $ 98.937.035,00     $ 91.457.200,00     $ 7.069.835,00
TOTAL RECURSOS s/Art. 2°     $ 80.257.035,00     $ 73.187.200,00     $ 7.069.835,00
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO     $ 18.680.000,00     $ 18.680.000,00     $ 0,00

Artículo Nº 004

Estímese en la suma de Pesos DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON CERO CENTAVOS ($ 18.680.000,00) el financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo el detalle que figura en las planillas Anexas y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 005

Fíjase en la suma de Pesos SIETE MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS ($ 7.069.835,00) el presupuesto operativo del Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto para el año 2009, estímese los recursos de financiamiento destinados a atender dichas erogaciones en los siguientes importes cuya desagregación obra en planillas Anexas que forman parte de la presente Ordenanza:

     EROGACIONES     RECURSOS Y FINANCIAMIENTO
INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISIÓN SOCIAL     $ 7.069.835,00     $ 7.069.835,00
TOTAL     $ 7.069.835,00     $ 7.069.835,00

Artículo Nº 006

Dispónese que las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, la Provincia o Entes Autárquicos, deberán ajustarse, en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente recaudadas, o cuya recaudación esté material o legalmente asegurada dentro del ejercicio.

Artículo Nº 007

Establécese que para el supuesto que las autorizaciones de erogaciones no alcanzaren para el cumplimiento de los fines de este presupuesto, el departamento Ejecutivo Municipal deberá solicitar autorización al Concejo Municipal a los fines de la ampliación de la respectiva cuenta. Queda prohibida la sobreejecución presupuestaria de la partida que fuere.

Artículo Nº 008

Comuníquese, publíquese y archívese.