Visto :
El Decreto 100/08, en el cual se autoriza a la Secretaría de Hacienda a realizar la apertura de cuenta para que los vecinos frentistas de calle San Martín entre Basualdo y Dimmer realicen los aportes del anticipo de la contribución de mejoras de la obra Pavimento de Hormigón; y
Considerando :
Que dicha cuadra se encuentra comprendida en la Ordenanza Municipal Nº 2494/97, según las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 2206/97.
Que por ello el Intendente Municipal en uso de sus facultades y atribuciones:
Procédase a imputar los ingresos por el cobro de la contribución de mejoras de la obra Pavimento de Hormigón de calle San Martín entre Basualdo y Dimmer (Decreto 100/08), a la partida presupuestaria "Percibido Pavimento por Administración Municipal" y los gastos que demande la misma a la partida presupuestaria "Pavimentación Urbana".
Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, entréguese copia a Secretaría de Hacienda y archívese.