Ordenanza Nº 3686 : CRÉDITO - MUTUAL ENTRE ASOCIADOS COOPERACIÓN SEGUROS - AUTORIZACIÓN AL D.E.M. - OBRA DE GAS BARRIO SANTA ROSA

Visto :

La carencia de red para la provisión del servicio de gas natural en el Barrio Santa Rosa, y la imposibilidad financiera del municipio de encarar la obra de red troncal, y;

Considerando :

Que los vecinos del Barrio Santa Rosa en reiteradas ocasiones han solicitado la posibilidad de acceder a la instalación de la red de gas.
          Que el alto costo económico que su instalación implica, torna hoy imposible su financiamiento con las disponibilidades financieras del municipio.
          Que por ello, para su concreción es necesario acudir a financiación externa.
          Que se ha presentado al Departamento Ejecutivo Municipal la posibilidad de contraer un empréstito con la Mutual entre Asociados de Cooperación Seguros, la que está dispuesta a descontar mensualmente una suma fija de la que, en concepto de Derecho de Registro e Inspección, le corresponde tributar a esa entidad, y a otras dos que se encuentran comercialmente vinculadas con ella.
          Que el DEM ha enviado dicha propuesta al Concejo Municipal para su consideración y tratamiento.
          Que la mencionada entidad crediticia ha aceptado disminuir la tasa aplicada al préstamo, tal se le solicitara.
          Que por todo ello, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente

Artículo Nº 001

Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir en concepto de préstamo de consumo la suma de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil) a ser otorgados por la Mutual entre Asociados de Cooperación Seguros, con domicilio en Mitre 664 de Venado Tuerto, con el objeto de proceder a la ejecución de la obra de red troncal de gas del Barrio Santa Rosa de nuestra ciudad detallada en el Art. 5° de esta Ordenanza.
Dicho préstamo se contratará con una tasa directa de hasta el 1,8% mensual.

Artículo Nº 002

A tales efectos, autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de mutuo respectivo, que deberá ajustarse a las condiciones, plazo, modalidad de pago y demás elementos del contrato que se describen en los artículos siguientes, bajo pena de caducidad de pleno derecho de la autorización otorgada en el artículo 1ro.

Artículo Nº 003

Dispónese que la forma de pago de la suma referida se realizará en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de hasta $ 11.444,45 (pesos: once mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con 45/100) cada una, a descontarse del monto que, en concepto de Derecho de Registro e Inspección, o el que en el futuro lo reemplazare, debe abonar mensualmente la entidad crediticia mencionada, coincidiendo el vencimiento de la primera de ellas con el del tributo referido.
Dispónese, asimismo, que, para el supuesto de que el importe a pagar por la entidad crediticia sea inferior a la suma referida en el primer párrafo del presente artículo, el saldo será acreditado de las sumas que, por el mismo concepto, deban abonar las empresas TC S.A. y Cooperación Seguros, ambas de nuestra ciudad, respetándose este orden de prelación.
Para el supuesto de que las liquidaciones correspondientes a las tres personas jurídicas citadas no alcanzare a cubrir la suma de $ 11.444,45, se establece que la Municipalidad deberá deducirla de cualquier otro tributo municipal que, respecto de las mismas, le correspondiere percibir.

Artículo Nº 004

Establécese que el Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Secretaría de Hacienda, emitirá mensualmente certificados de crédito fiscal cancelatorios del D.R.e I., a favor de la firma a la que, conforme con la liquidación resultante y a las previsiones del artículo anterior corresponda imputar el pago.

Artículo Nº 005

Ejecútese con el importe percibido por efecto del otorgamiento de este crédito y complementado con créditos disponibles para aplicar a redes de gas, la ejecución del siguiente tendido de redes troncales:
a)     red de 125 mm. de diámetro tendida en forma paralela a la Ruta Nacional 33 (del lado NO de la mencionada Ruta), desde la intersección de Ruta Nacional 33 y calle Dorrego hasta la intersección de Ruta Nacional 33 y Ruta Provincial 7 S.
b)     red de 90 mm. de diámetro tendida en forma paralela a calle España, desde Ruta Nacional 33 hasta calle Los Fresnos, continuando aproximadamente 70 mts. por España en sentido SE a NO.

Artículo Nº 006

Comuníquese al DEM a efectos de su tratamiento y/o promulgación