Ordenanza Nº 3509 : ORDENANZA 3495 - DEROGACIÓN - PLAN GENERAL - JUNTA PROMOTORA - CONVOCATORIA

Visto :

La sanción de la Ordenanza Nº 3495/2007, que establece modificaciones a la Ordenanza Nº 2809/2000 de disposición de funcionamiento del Plan General de Venado Tuerto; y,

Considerando :

Que la misma fue vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal.-

Que las argumentaciones del veto están fundamentalmente dirigidas a la forma de sanción de la citada Ordenanza, obviamente con relación al gesto de integrar en la discusión de la misma a la Junta Promotora del Plan General, integrada por reconocidas instituciones de la ciudad, quienes han venido desarrollando una importante labor en ese sentido.-

Que a los fines de evitar discusiones y probablemente disenso en cuanto al veto, cuando la intención de este Cuerpo es la de arribar a una adecuada normativa que contemple los intereses de la ciudad cuyo marco de referencia es, precisamente, el Plan General, se ha llegado a la conclusión que la medida más sensata es la derogación de la Ordenanza Nº 3594/2007 y la realización de una convocatoria a los integrantes de la Junta Promotora del Plan General a los fines de acordar una legislación consensuada con los actores involucrados.-

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente Ordenanza:

Artículo Nº 001

Deróguese la Ordenanza Nº 3495/2007.-

Artículo Nº 002

Convóquese a una reunión con este Cuerpo Deliberante a los integrantes de la Junta Promotora del Plan General, a los fines de elaborar pautas consensuadas y dar un marco legislativo al funcionamiento de dicha institución.-

Artículo Nº 003

Comuníquese, publíquese y archívese.-