Decreto Nº 015/07 : SUBSECRETARIOS - SUSCRIPCIÓN DOCUMENTACIÓN - AUSENCIA - DELEGACIÓN - AUTORIZACIÓN

Visto :

La conveniencia de otorgar agilidad a distintas áreas municipales para la firma del despacho diario, y;

Considerando :

Que la labor de los Sres. Secretarios de este municipio abarca una multiplicidad de funciones y/o tareas que torna necesario y conveniente la delegación de facultades en la persona de los Subsecretarios.-

Que en forma diaria se elevan a las distintas Secretarías, expedientes administrativos, requerimientos de pago, facturaciones, rendiciones, certificados, memorándums internos, etc., que toda esta documentación administrativa conforma el despacho diario de la Secretaría y que debe necesariamente de firmarse sin dilación temporal alguna, haciendo engorrosa en algunas ocasiones, la labor de los Secretarios. Asimismo, ocurre que ante ausentismo de los Sres. Secretarios por distintas razones, sean estas de índole personal o laboral, es conveniente, lógico y estrictamente necesario que los Subsecretarios de las secretarías en las cuales exista ésta dependencia se encuentren autorizados y dentro del marco de legalidad necesario para la firma del despacho, incluyéndose actos administrativos, títulos ejecutorios y/o cuanto documento debiera de suscribir el Secretario del área.-

Que ésta medida, tendiente a delegar en cabeza de Subsecretarios ciertos actos reservados a la Secretarías, otorgará indefectiblemente mayor rapidez a la faceta administrativa de aquellas Secretarías con mayor volumen de áreas y/o reparticiones y que obviamente cuentan con la figura de la Subsecretaría dentro de su estructura jerárquica.-

Que por lo expuesto, el Señor Intendente Municipal en uso de sus facultades y atribuciones, dicta el siguiente Decreto:

Artículo Nº 001

Autorízase a los Sres. Subsecretarios en funciones, a suscribir y/o firmar, a partir del día 01 de enero del corriente año 2007, todo tipo de documentación interna de la Secretaría a la cual pertenece, incluyéndose actos administrativos, títulos ejecutorios, en reemplazo de los Secretarios del área, por ausentismo y/o por delegación cursada en tal sentido por el titular de la Secretaría pertinente.-

Artículo Nº 002

Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y archívese.-