Ordenanza Nº 2893 : PROGRAMA PYMES REDES PRODUCTIVAS - CREACIÓN - OBJETIVOS

Visto :

El Municipio puede y debe cumplir un rol determinado en todo lo que tenga que ver con el desarrollo y el crecimiento de la ciudad.-

Desde el punto de vista técnico, el gobierno municipal debe encontrarse en condiciones de sistematizar la información sobre las necesidades, las inquietudes y los recursos locales, procesándola para producir lo que se llama diagnóstico de necesidad y consolidar el proceso de toma de decisión.-

El Centro Regional para el Desarrollo viene cumpliendo , desde hace tiempo este cometido, cuyos resultados han merecido el reconocimiento y ponderación de quienes conforman el quehacer activo de la ciudad, cubriendo una ausencia del poder público en la materia, que hoy se intenta corregir con la creación en el ámbito municipal de la Secretaría de la Producción.-

En este aspecto, la administración ha entendido que debe ampliar su esfera de acción agregando a sus funciones tradicionales, el diseño y la ejecución de las estrategias de desarrollo; nace de ahí la vinculación del gobierno local con organizaciones empresarias y organizaciones tecnológicas como las universidades y otros centros de investigación.-

La generación de puestos de trabajo mediante la promoción de las PYMES n las localidades medianas y pequeñas, debería ser la principal preocupación de la gestión de los gobiernos en cuanto a lograr la descentralización y el desarrollo local.-

Y en esto debemos concluir en que no se tiene en cuenta la movilidad productiva de las PYMES y su incuestionable efecto multiplicador como distribuidoras de riquezas, riqueza que en última instancia nada le cuesta al estado y que, por el contrario, genera venas para su mantenimiento.-

El presente proyecto tiende a buscar y estimular la reconversión y adecuación de las estructuras de la micro, pequeña y mediana empresa a través de convenios de complementación y de alianzas estratégicas que tengan en el gobierno municipal su principal promotor.-

Considerando :

El Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente ORDENANZA Nº 2893-01 a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil uno.-

Artículo Nº 01

Créase en el ámbito municipal, el Programa "PYMES REDES PRODUCTIVAS" con las modalidades y alcances que se establecen y la reglamentación que se dicte a tal fin.-

Artículo Nº 02

El programa tiene por objeto, promover por parte del Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de la producción, la reconversión y adecuación de las estructuras de la micro, pequeña y mediana empresa a través de acuerdos de complementación con las empresas más grandes u otras similares dentro del ámbito territorial.-

Artículo Nº 03

La modalidad conceptual fundamental será procurar que las MIPYMES se desarrollen como proveedoras y/o clientes de las empresas más grandes y otras similares, comprometiéndose las primeras a adecuar sus estructuras para cumplir las normas de calidad, tiempos, precios y diseño que soliciten las segundas; y obligándose éstas a contribuir y facilitar la capacitación y adecuación de aquéllas para el cumplimiento de los fines mencionados.-

Artículo Nº 04

La Municipalidad de Venado Tuerto como promotora de los acuerdos y proyectos y a los mismos fines, podrá realizar convenios de asistencia con la Secretaría de Industria de la Nación y a través de los programas que ésta tenga en vigencia, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, Subsecretaría de PYME de la Nación, Universidad Nacional del Litoral, CERIDE, MAGIC de la Provincia y otros organismos técnicos y académicos para facilitar los procesos de reconversión,. en cuanto a las exigencias de requisitos de calidad, procesos y diseños.-

Artículo Nº 05

En el mismo sentido, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá realizar gestiones con instituciones bancarias y otras entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, para procurar asistencia financiera a las empresas para dichos procesos.-

Artículo Nº 06

El Departamento Ejecutivo Municipal organizará el relevamiento correspondiente de las potenciales empresas demandantes y proveedoras de bienes y servicios por ramas de actividad, todo ello en el territorio del municipio y su zona de influencia.-

Artículo Nº 07

Para facilitar el logro de los objetivos mencionados en los artículos precedentes, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá celebrar convenios con entidades intermedias con persona jurídica y representatividad reconocida n las fuerzas vivas empresarias.-

Artículo Nº 08

A los efectos de la selección y promoción de los proyectos, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá crear un Consejo Consultivo Ad honorem integrado por el centro Regional para el Desarrollo, los organismos y entidades referidas en la presente, y/u otros que tengan participación en dichos proyectos.-

Artículo Nº 09

El Departamento Ejecutivo Municipal podrá asimismo, realizar convenios con los municipios de su zona de influencia, a los fines de lo preceptuado en el Art. 6º de la presente.-

Artículo Nº 10

Comuníquese, publíquese y archívese.-