Ordenanza Nº 3278 : ORDENANZA 2254 - ARBOLADO PÚBLICO - MODIFICACIÓN - ALUMBRADO PÚBLICO

Visto :

La Ordenanza Nº 2254/94 de protección y mantenimiento del arbolado público en la ciudad, y;

Considerando :

Que existen dos proyectos de Ordenanza por los cuales se proponen modificaciones a la Ordenanza antes mencionada, consensuado entre los miembros de las Comisiones de Gobierno y Medio Ambiente dependientes de este Concejo Municipal juntamente con la Secretaria de Servicios Públicos Liliana Roston.

Que dicha norma tiende a la protección del arbolado público, a la regulación de su mantenimiento y al estímulo de la preservación de dicho recurso natural.

Que Venado Tuerto es una de las ciudades más destacadas por su volumen, cantidad, densidad y sanidad de elementos de arbolado público, haciéndola una localidad equilibrada en la relación urbanización-forestación.

Que la iluminación de las calles y el alumbrado público también constituyen valores a ponderar, ya que se hallan ligados a la seguridad y la tranquilidad de los vecindarios de la ciudad.

Que en este sentido durante la época de mayor follaje, entre los meses de noviembre y diciembre, disminuye ostensiblemente los niveles de luminosidad y se produce un desperdicio importante de la potencia energética.

Que este fenómeno debe posibilitar la introducción de control en el desarrollo del follaje, para que la seguridad de las calles y los hogares no se vean disminuidos por el exceso de volumen del arbolado.

Que en este sentido se hace necesario determinar las áreas de la ciudad donde se producen los niveles de obstrucción de alumbrado por incidencia del follaje, y proponer la readecuación de las plantaciones permitiendo el mayor paso de la iluminación.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente.

Artículo Nº 01

Agréguese al artículo 7º de la Ordenanza Nº 2254-94 el siguiente párrafo:
"La prestadora del servicio de alumbrado público deberá identificar las arterias y las zonas en que la iluminación de espacios públicos se encuentre disminuida por excesos de follaje y proponer al Municipio los trabajos de corrección o adecuación de las plantaciones a los efectos de recuperar los niveles de iluminación. Las propuestas se entregarán directamente ante el despacho de Asesoría Forestal, sin necesidad de su presentación ante la mesa de entradas ni de poner sellado alguno. De la recepción el personal a cargo emitirá copia con cargo. Las tareas propuestas serán analizadas por el Municipio en un plazo que no excederá el de cinco días hábiles, período en el cual el Municipio podrá impedir la corrección propuesta o proponer un cambio en las tareas sugeridas por la prestadora. Vencido el plazo antes mencionado sin que el Municipio se expida la prestadora podrá proceder a realizar los trabajos sobre el arbolado, a fin de garantizar mayor eficiencia luminosa. Las tareas serán controladas por el personal que el Municipio designe".-

Artículo Nº 02

Incorpórese como artículo 12º bis a la Ordenanza Nº 2254-94 el siguiente:
"El Municipio implementará un plan de reemplazo de las especies de Plátanos, que se encuentren en el sector céntrico. Este reemplazo será coordinado por la Secretaría de Servicios Públicos y se hará de manera escalonada a los efectos de evitar el retiro completo de todos los árboles existentes en una arteria o en una cuadra. La Secretaría dispondrá las especies que se plantarán en reemplazo de los Plátanos, cuidando el entorno ambiental, la estética, el cuidado de las veredas, de la propiedad privada, de que no sean especies que atraigan gran cantidad de pájaros y de no perjudicar el desarrollo de actividades comerciales radicadas".-

Artículo Nº 03

Remítase copia de la presente Ordenanza a la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto.-

Artículo Nº 04

Comuníquese, publíquese y archívese.-