Decreto Nº 240/05 : AGENTES CATEGORÍA 19 O SUPERIOR - CARGA HORARIA - REDUCCIÓN - LEY 9286 - ART. 74
Visto :
El Expte. Municipal Nro. 120.667, Letra A, año 2005, y;
Considerando :
Que dichas actuaciones fueron iniciadas por agentes municipales cuya categoría de revista son superiores a la diecinueve (19), de la Ley Nº 9286 - ESTATUTO Y ESCALAFON DEL PERSONAL DE MUNICIPIOS Y COMUNAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - y por el cual solicitan reducción de su carga horaria semanal.-
Que la Ley Nro. 9286 establece en su art. 74 un total de 39 horas semanales en concepto de prestación horaria para todos aquellos agentes municipales que detentaren la categoría 19 en adelante y hasta la 24.-
Que dicho tope en la carga horaria semanal, lo es en indicativo de su máximo, siendo discrecionalidad de cada una de las administraciones municipales y/o comunales imponer dicha prestación en menor medida a sus dependientes reduciendo en todos los casos la carga a favor de los agentes municipales.-
Por ello, el Señor Intendente Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones legales, dicta el siguiente:
Dispónese que todos aquellos agentes municipales que revistieren en categoría diecinueve (19) o superiores, de la Ley Nº 9286 -Estatuto y Escalafón del Personal de Municipalidades y Comunas - en forma definitiva o subrogando las mismas, cumplirán a partir del día 02 de enero del año 2006 una carga horaria semanal equivalente a treinta y cinco (35) horas, siendo su prestación horaria de lunes a viernes desde la 7:00 a las 14:00 hs.-
Establécese que cada Secretaría podrá a manera de excepción, fundadas las mismas en razones de servicios y/o por criterios de funcionalidad, acordar con los agentes citados en el art. precedente y que se encuentren bajo su dependencia, diferentes horarios de entrada y salida, respetándose el tope de carga horaria establecido precedentemente, debiendo en tal caso comunicarlo por escrito a la Dirección de Personal a sus efectos.-
Regístrese, comuníquese, elévese copia del presente a todas y cada una de las Secretarías municipales, Dirección de Personal, dese al Boletín Oficial y archívese.-