Ordenanza Nº 3626 : FONDO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS - CONSTITUCIÓN - ORDENANZA 3625 - ART. 5 - 4

Visto :

Visto la sanción de la Ley Nº 12385 y sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, y la Ordenanza de Obras Menores Nº 3625; y,

Considerando :

La existencia de las Ordenanzas Nº 3174 y Nº 3439, con la prevención del cobro por contribución de mejoras de las Obras que generan un mayor valor de la propiedad.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

Artículo Nº 001

Dispóngase que los montos recuperados por contribución de mejoras conforme el art. 4 de la Ordenanza Nº 3625 constituirán un fondo de obra pública destinado a financiar la obra de pavimentación de Avenida Quintana entre Avenida España y Avenida Santa Fe, y el cincuenta por ciento (50 %) de la aprobada de pavimento en la obra según Ordenanza Nº 3625.

Artículo Nº 002

Dispóngase que los montos recuperados por contribución de mejoras conforme el art. 5 de la Ordenanza Nº 3625 constituirán un fondo de obra pública destinado a financiar las obras de extensión de redes de gas en otros sectores de la ciudad, y el cincuenta por ciento (50 %) de la obra de gas aprobada en la Ordenanza Nº 3625.

Artículo Nº 003

Comuníquese, publíquese y archívese.