Ordenanza Nº 2659 : APERTURA CALLE PAVÓN - TERRENO - ADQUISICIÓN - CONVEIO - RATIFICACIÓN

Visto :

Atento al expediente municipal Nº 80682-D-96 iniciado por los señores Reinel Ernesto Ducret e Irma Elena Rivarola, solicitan a la Municipalidad que adquiera un terreno de su propiedad que se encuentra afectado a apertura de calles Iturbide y Pavón.-

Que mediante un convenio ratificado por Ordenanza Nº 2410-96, la Municipalidad adquirió la propiedad del lote 28 y parte del lote 2 de la chacra 57, quedando en propiedad de los vecinos una fracción del lote 2 , donde se encuentra construida una vivienda de 60 metros cuadrados, según se expresa en la cláusula tercera del mencionado convenio.-

Esto permitió la apertura de la calle Pavón con un ancho de catorce metro (14 mts.), quedando pendiente la ejecución de la mensura y subdivisión necesaria para dividir el lote 2 por parte de la Municipalidad.-

Que mediante un nuevo convenio se pretende adquirir la propiedad de la mencionada fracción remanente del lote 2, la que presenta una tasación de $ 9.475.- ( pesos nueve mil cuatrocientos setenta y cinco) según promedio de los valores informados por dos inmobiliarias de la zona, monto éste que será abonado por la Municipalidad a los vecinos, según se expresa en el convenio adjunto a la presente.-

Que esta adquisición, permitirá a la Municipalidad tener la propiedad del lote 2 de la chacra 57, evitando la subdivisión y la escrituración de dos etapas del mismo, pudiéndose escriturar todo el lote 2 en un solo trámite y además permitirá la apertura del ramo de calle Pavón en su ancho total de veinte metros.-

Considerando :

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente ORDENANZA Nº 2659-99, a los once días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y nueve.-

Artículo Nº 01

Ratifícase el Convenio de pago suscripto entre la Municipalidad de Venado Tuerto y los señores Reinel Ernesto Ducret e Irma Elena Rivarola, el cual pasará a formar parte integrante en todas y cada una de sus cláusulas de la presente Ordenanza, como Anexo I.-

Artículo Nº 02

Cédase al uso público las fracciones de los lotes 28 y 2 afectadas a apertura de calles Pavón, Iturbide y Pasaje Perú adquiridas mediante la Ordenanza Nº 2410-96 y el Convenio ratificado al art. 1º de a presente.-

Artículo Nº 03

Comuníquese, publíquese y archívese.-