Ordenanza Nº 3249 : RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - RECICLADO - PRIORIDAD - POLÍTICA DE ESTADO

Visto :

Que el problema del basural a cielo abierto de Venado Tuerto persiste en toda su magnitud y es motivo de permanentes quejas de los habitantes aledaños a su asentamiento especialmente en lo referido al humo de las quemas; y

Considerando :

Que esta contaminación ambiental es sumamente tóxica por su contenido en dixoxinas y difenilos, es obligación del Estado Municipal proteger la salud de la población con medidas de acción directa, preventivas y de promoción.

Que la ley de medio ambiente vigente es estricta en lo referido al tema e instruye para la solicitud de opinión al ministerio correspondiente en casos de dudas o consultas. Que la minimización de los daños ecológicos son perentorios en el mundo entero, y son además posibles de efectivizar con medidas relativamente simples.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:

Artículo Nº 001

Priorícese el tema del reciclado de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) como política del Estado Municipal, no sólo como obra pública perentoria sino como acción directa y urgente en la solución del deterioro de la salud de su población.-

Artículo Nº 002

Procédase por los medios necesarios a evitar las quemas de residuos y controlarlas en caso de producirse con el personal del basural y el asesoramiento de los Bomberos Voluntarios.-

Artículo Nº 003

Hasta tanto se realice el traslado del basural procédase en el lugar actual a la separación de la mayor cantidad posible de los distintos componentes de la basura, proceso que significará un importante avance en la sustentabilidad de la ecología venadense y una preparación para los recicladores que serán los futuros obreros de la planta de reciclaje.-

Artículo Nº 004

Comuníquese, publíquese y archívese.-

Promulga a : Decreto Nº 069/05