Ordenanza Nº 3236 : OFICINA DE EMPLEO - CREACIÓN - SECRETARÍA DE DESARROLLO PRODUCTIVO - REGISTRO DE POSTULANTES

Visto :

La importancia de mejorar y fortalecer el desarrollo de las condiciones de prestación de servicios locales de empleo a la población, organizando instancias de formación y capacitación estructurales, y;

Considerando :

Que el programa de Oficina de Empleo del Ministerio de Trabajo de la Nación y la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Santa Fe puede influir en el desarrollo de las políticas generadoras de empleo, modificando la situación de muchos ciudadanos hoy desocupados o subocupados.

Que es la única condición que ofrece la dignidad tan ansiada por muchos argentinos que permitirá una Patria justa y equitativa.

Que se pueda otorgar a la ciudad y la región esta posibilidad de capacitar y cultivar íntegramente el hombre a través del conocimiento, para integrarlo en el mundo del trabajo.

Que es importante proveer al sector empresarial de mano de obra calificada.

Que el ofrecimiento de las empresas para cubrir vacantes se encuentra dispersa y al interesado no lo beneficia totalmente.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:

Artículo Nº 01

Creáse la Oficina de Empleo en el marco de la Secretaría de Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Venado Tuerto, la que tendrá como objetivo asistir a las personas que buscan desarrollarse en el campo laboral.-

Artículo Nº 02

Dispónese que la citada Oficina brindará un servicio gratuito destinado a empresarios y trabajadores orientándose a los sectores poblacionales más vulnerables y desfavorecidos, exclusivamente a los beneficiarios de Plan de Jefas o Jefes de Hogar y/o a quienes tienen problemas de empleo.-

Artículo Nº 03

Créase un registro informático de postulantes, ampliando el uso de la base de datos disponible en la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Venado Tuerto, elaborando una planilla para facilitar el ingreso de Datos Básicos.-

Artículo Nº 04

Establécese que el mencionado registro se conformará con las personas que buscan integrarse o mejorar su inserción en el mundo del trabajo, permitiendo realizar gráficos tabulando la información contenida y una preselección de personal teniendo en cuenta el perfil que requiere el empleador.-

Artículo Nº 05

Compleméntese con instancias de capacitación, dictado de cursos que se volcarán a distintas artes y oficios, con la participación de educadores locales que conocen la indiosincracia y las necesidades de nuestra gente, teniéndose en cuenta una orientación laboral y asistencia técnica, que les proveerán conocimientos y habilidades necesarias para cumplir con las exigencias del mercado actual.-

Artículo Nº 06

Comuníquese, publíquese y archívese.-

Promulga a : Decreto Nº 040/05