Ordenanza Nº 2266 : JUEGOS ELECTRÓNICOS - NORMAS DE SEGURIDAD - CONTROL ORDENANZA 226- DEROGACIÓN

Visto :

La ordenanza 2042-92 determinó la modificación de su similar Nro. 1199-84 y su correlativa Nro. 1339-84 en los alcances y prohibiciones que regulan el funcionamiento de locales de juegos de entretenimientos individuales y /o grupales del Municipio.

Su sanción tiende a evitar situaciones desnaturalizadoras de estos entretenimientos que tengan que ver con incidencias negativas sobre la conducta de los particulares, principalmente en los casos de menores de edad y los resguardos que su protección requiere.-

La practica que el ordenamiento pretendido y el control ejercido sobre esta actividad requiere también la adopción de recaudos más rigurosos respecto a la seguridad en el uso de los juegos electromecánicos de dichos comercios y al cumplimiento de las normas impositivas correspondientes como complemento de la preceptiva citada.

Considerando :

Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

Artículo Nº 001

Derogase la Ordenanza Nro. 2263-94.

Artículo Nº 002

El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá y hará cumplir que todos los juegos electromecánicos y /o electrónicos de carácter individual y /o grupal que funcionen en los locales de entretenimientos habilitados al efecto, tengan conexión con cable de masa a tierra.-

Artículo Nº 003

Asimismo, instrumentará una metodología de fiscalización del ingreso diario en estas salas de juegos, a los efectos tributarios relacionados con el aporte en concepto de Derecho de Registro e Inspección.

Artículo Nº 004

Comuníquese, publíquese y archívese.-

por : Ordenanza Nº 2042

Deroga por : Ordenanza Nº 2263