Visto :
Visto el expte. Nº 102254-M-01 por el que se solicita la posibilidad de reveer la normativa que no permite utilizar en compensación el centro de manzana invadido por edificación, al espacio libre determinado por el retiro obligatorio de la línea de edificación que afecta a ambos bordes de la Ruta Nacional 8 y,
Considerando :
Considerando que el estudio técnico elaborado por las direcciones de Obras Privadas y Planeamiento, dependientes de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, aporta un completo panorama de las consecuencias que aparejan la acumulación de afectaciones y/o restricciones a los inmuebles frentistas de la arteria indicada en el fundamento anterior.
Por lo expuesto, el Concejo Municipal, reunido en Sala de Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la siguiente Ordenanza Nº 2900/01, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil uno.
Autorízase compensar la ocupación con edificación dentro del centro de manzana, con el espacio determinado entre las líneas municipal y de edificación, por los 10 m. De retiro obligatorio, a los lotes frentistas a la Ruta Nacional 8 en su tramo urbano, que comprende Ruta Provincial 4S - FORTIN EL HINOJO y Ruta Nacional Nº 33, comprendiendo ambos frentes.
La edificación a la que hace referencia el artículo precedente no podrá tener una altura mayor a 10 m.
Comuníquese, publíquese y archívese.
Promulga a : Decreto Nº 004/02