Ordenanza Nº 3605 : PRECIO DE HORMIGÓN ARMADO POR M2 - CORDÓN CUNETA DE HORMIGÓN - MODIFICACIÓN

Visto :

Las alzas de los precios registrados en el mercado de la construcción, y;

Considerando :

Que dicho aumento de precios, desde el año 2003 a la fecha, en la mayoría de los bienes, servicios e insumos que se comercializan en nuestro país hizo necesario que los costos de los rubros asociados a la construcción de pavimentos urbanos de hormigón simple expresados en las Ordenanzas Nº 2494 y Nº 3030 sean modificados y actualizados mediante el recálculo de los mismos, siguiendo las pautas preestablecidas y enunciadas en los artículos pertinentes de las citadas normativas.-

Que por todo lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta otros preceptos que ha establecido la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas de acuerdo a criterios de ajuste previstos para contemplar la variación de costos de las obras, y consecuentemente el costo por metro cuadrado de las mismas (ver Anexo I), se establece en la presente el nuevo precio por metro cuadrado de hormigón simple de quince centímetros de espesor que los frentistas beneficiarios deberán abonar a partir de la fecha de promulgación de la presente.-

Que el nuevo precio a regir será de aplicación para el Plan Municipal de Pavimentación Urbana, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones a saber:

a.- Establecer como área de pavimentación a la prevista y reglamentada por la Ordenanza Nº 2206, conocida como "Plan 400 cuadras", actualmente inconclusa.-
b.- Las planes de pavimentación que surgen de la aprobación de los fondos de Obras Públicas creados al efecto por las siguientes normas:
Ordenanza Nº 2494/97 - Pavimento por Administración Municipal.-
Ordenanza Nº 2571/98 - Convenio Supermercados Norte.-
Ordenanza Nº 3313/05 - Convenio de Obras Públicas Convenio Supermercados Norte.-
Ordenanza Nº 3218/05 - Crédito de Infraestructura DPVU.-
Ordenanza Nº 3423/06 - Fondo de Obras Públicas Avenida Chapuis.-
Ordenanza Nº 3455/06 - Fondo de Obras Públicas Avenida Santa Fe.-
Ordenanza Nº 3496/07 - Fondo de Obras Públicas de la Mutual.-
Ordenanza Nº 3524/07 - Fondo de Obras Públicas Ley de Obras Menores - 2006/07.-
c.- Sin perjuicio de otros planes que el Concejo Municipal aprobara en el futuro.-
d.- Las obras serán ejecutadas por la administración municipal con pavimento de hormigón simple de quince centímetros de espesor en los anchos que define el proyecto de obra y con las especificaciones técnicas que la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento disponga para tal caso, aceptando que en determinados sectores, a pedido de los vecinos y aprobado por los organismos técnicos de la municipalidad, se otorgue la posibilidad de ejecutar cordón cuneta u otra variante técnica sujeta a estudio y aprobación pertinente.-
e.- Abrir un Registro de Aceptación de Obras por cuadra haciendo conocer exactamente a los frentistas las características de la obra y sus condiciones de pago, en total acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3400/06 y el Decreto Nº 153/06, que reglamenta el uso de tales registros.-

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente Ordenanza:

Artículo Nº 001

Modifíquese el precio unitario por m2 de pavimento urbano de hormigón simple de acuerdo a planillas de análisis de precios elevado por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento a tal efecto. El nuevo precio se fijará en la suma de Pesos NOVENTA Y OCHO CON VEINTIÚN CENTAVOS ($ 98,21), incluído bocacalles.
La obra de referencia será ejecutada primariamente por la administración municipal aplicando un sistema mixto en donde la provisión en obra de hormigón elaborado será adquirido por la Municipalidad a empresas proveedoras, todo en conformidad con los presupuestos y estudios de costos realizados por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento que se adjuntan a la presente. La estructura de costos que se establece con el objeto de proceder a los respectivos ajustes periódicos de cada cuota de pavimento de hormigón se desglosa del siguiente modo:

RUBRO     PRECIO     Incidencia sobre PRECIO
Costos de los Materiales     $ 73,65      74,99 %
Costos de uso de Equipos     $ 13,56      13,81 %
Costos de Mano de Obra      $ 11,00      11,20 %
TOTAL      $ 97,22      100,00 %

Los criterios de ajuste para completar la variación del costo de la obra y consecuentemente el costo por metro cuadrado de pavimento serán los siguientes para cada uno de los ítems arriba mencionados:
Polinomio de ajuste: 75% x MA + 14 % EQ + 11% MO
Materiales (MA): Incremento del costo del m3. de hormigón H-30 elaborado (actual $ 330,92 c/ I. V. A incluido). Según licitación pública de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Equipos (EO): Incremento del costo del litro de gasoil (actual $ 2,28 c/ I. V. A. incluido). Según Dirección de Compras y Suministros de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Mano de Obra (MO): Incremento del suelo básico del empleado municipal en categoría 15 (actual $ 1.115,00.-)

Artículo Nº 002

Fíjase como precio por metro lineal para el cordón cuneta de hormigón la suma de Pesos NOVENTA Y SIETE CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($ 97,22). Siendo la estructura de costos por metro lineal ejecutado la siguiente:
RUBRO     PRECIO     Incidencia sobre PRECIO
Costo de Materiales      $ 58,05     59,71%
Costos de uso de Equipos     $ 19,61     20,17 %
Costos de Mano de Obra     $ 19,56     20,15 %
TOTAL     $ 97,22     100,00 %

Los criterios de ajuste para contemplar la variación del precio del cordón cuneta son coincidentes con los del pavimento, variando su polinomio de ajuste, conforme:

Artículo Nº 003

Dispóngase que el precio expresado en el art. 1 se tomará como base para el cálculo del costo total de cada obra. El mismo se ha fijado en la suma de Pesos OCHENTA Y UNO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 81,84) por metro cuadrado de hormigón de 15 cm. de espesor, el que deberá ser incrementado en un veinte por ciento (20 %) por la incidencia del costo del sector de bocacalles correspondientes, obteniéndose un costo de pesos NOVENTA Y OCHO CON VEINTIUN CENTAVOS ($ 98,21) por metro cuadrado de pavimento ejecutado. Este precio surge del estudio de costos que se adjunta a la presente Ordenanza.

Artículo Nº 004

Para el cordón cuneta de hormigón construido según pliego de especificaciones técnicas de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento se ha fijado un costo final de Pesos NOVENTA Y SIETE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 97,22) el metro lineal. Los parámetros de cálculo utilizados son los mismos que se emplearon para determinar el costo por metro cuadrado de pavimento.

Artículo Nº 005

Establézcase que para aquellos expedientes de pavimentación de calles donde a la fecha de la sanción de la presente Ordenanza se haya ejecutado la contribución de mejoras, la misma se liquidará al precio estipulado por la Ordenanza Nº 3030. Así pues, los contribuyentes afectados tendrán 30 días contados desde la fecha de notificación cursada para celebrar el convenio de pago correspondiente al precio mencionado (pago contado o cuotas). Superado dicho plazo, si el contribuyente no hubiera celebrado el convenio de pago correspondiente la administración tendrá derecho a facturar la contribución de mejoras al precio establecido por la presente ordenanza.

Artículo Nº 006

Dispóngase que para aquellos expedientes de pavimentación de calles que no han sido ejecutadas a la fecha de sanción de la presente Ordenanza pero que tienen registro de aprobación aceptado y financiamiento externo aprobado (caso Ley de Obras Menores 2007), la municipalidad tendrá derecho a percibir:
a) El precio fijado por la Ordenanza Nº 3030, con aplicación a las prescripciones del art. 5º de la presente.

Artículo Nº 007

Dispóngase que aquellos expedientes de pavimentación de calles que no han sido aún ejecutadas a la fecha de la presente Ordenanza pero que tienes registro de aprobación aceptado y que no contaren con financiamiento externo, la municipalidad tendrá derecho al cobro del nuevo precio aquí fijado, debiendo rehacer los registros de aceptación de obra correspondiente.

Artículo Nº 008

Sin perjuicio de lo que aquí se establece, facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal para proceder a la contratación por medio del proceso de Licitación Pública por la totalidad o parte de las obras, a los fines de la economía de costos y/o cumplimiento de los plazos, previa remisión de las especificaciones y pliegos al Consejo Municipal para su tratamiento y aprobación. Para el caso que los contribuyentes de alguna cuadra manifiesten el interés de contar pavimento con esta modalidad, se establece un precio por m2. De Pesos CIENTO TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS con incidencia de bocacalles incluído ($ 138,32 $/m2). No obstante este precio debe ser tomado como referencia, pudiéndose ajustar de acuerdo al resultado de la licitación pública correspondiente.-

Artículo Nº 009

Comuníquese, publíquese y archívese.

por : Ordenanza Nº 3496

por : Ordenanza Nº 3524

por : Ordenanza Nº 3030

por : Ordenanza Nº 3400