Visto :
El Art. 3º de la Ordenanza Nº 2357-96, y;
Considerando :
Que el artículo de la normativa señalada en Visto, se refiere a la regularización de todas las edificaciones pertenecientes a los conjuntos habitacionales Programa 005 MS y AS, ubicados en parcelas situadas en el área de la ciudad limitada por las calles Santa Cruz, Pardal, Neuquén y Salvadores - Chacra 39, y manifiesta que "en caso de observarse modificaciones constructivas con respecto a las condiciones reglamentarias establecidas en origen previo al trámite dispuesto precedentemente deberán regularizar su situación ante la Municipalidad de Venado Tuerto, la que confeccionará y extenderá los planos y la documentación respectiva sin cargo para el beneficiario".-
Que el trámite de confección y presentación de planos, es condición necesaria para resolver el trámite de escrituración, cuyo mandato establece la Ordenanza Nº 2357-96 en su Art. 1º.-
Que los mencionados conjuntos habitacionales nunca contaron con planos aprobados por el Municipio, sino un croquis que se detalla en el Anexo I.-
Por ello, el Señor Intendente Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones legales, dicta el siguiente:
Autorízase a la Dirección de Obras Privadas, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento a confeccionar y extender los planos y documentación respectiva de construcciones, sin cargo para el beneficiario, correspondientes a las viviendas de los conjuntos habitacionales Programa 005 Ms y AS.-
Adáptanse las construcciones existentes a los prototipos municipales M6 o M9, conforme corresponda, según Anexo II.-
Las construcciones existentes cuya superficie sea mayor a los prototipos mencionados en el Art. 2º, tendrán tratamiento según lo establecido en la Ordenanza Nº 3192-04.-
En caso de no adaptarse las edificaciones existentes a ninguna de las soluciones definidas por las normativas dispuestas sobre el particular, los tenederos precarios de las mismas deberán resolver en forma particular y con intervención de los Colegios Profesionales pertinentes, la confección y presentación de planos, autorizándose a la Dirección de Obras Privadas a ingresar los legajos técnicos sin el pago de las multas que por regularización de mejoras correspondiere.-
Comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese.-
por : Ordenanza Nº 2357 Artículo Nº 03