Ordenanza Nº 3416 : LEY 11.717 - DECRETO REGLAMENTARIO 101/03 - ADHESIÓN - REGULACIÓN INTEGRAL DEL MEDIO AMBIENTE SUSTENTABLE

Visto :

La Ley Provincial Nº 11.717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, su Decreto Reglamentario Nº 1844/02, la Resolución emanada del ministerio de Salud Pública, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Ley provincial Nº 11.574 que adhiere al Concejo Federal de Medio Ambiente, y;

Considerando :

Que la Ley Nº 11.717 se propone una regulación integral de las cuestiones vinculadas al medio ambiente sustentable, pautando acciones con las entidades descentralizadas, municipio y comunas de la provincia.-

Que es poco lo que se ha avanzado desde la fecha de su sanción y promulgación, teniendo esta ciudad un convenio celebrado con el Ministerio de la Producción en materia de control de la aplicación de agroquímicos, actividad que, si bien en la administración provincial es incumbencia de este área de gobierno, tiene indudable impacto ambiental y vinculación con lo que es materia de regulación del ámbito de Salud y Medio Ambiente.-

Que la Resolución 94/03, crea el Registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos, siendo necesario y de interés del municipio involucrarse en la regulación y control de estas actividades, en las cuales la ausencia de intervención del estado compromete el futuro ambiental de la región.-

Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente Ordenanza:

Artículo Nº 001

Adhiérase a la Ley Provincial Nº 11.717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.-

Artículo Nº 002

Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe a través del Ministerio de Salud Pública una mayor complementación con el municipio en la tarea ambientalista, habilitándose la suscripción de convenios para el control de los aspectos relevantes que la Ley Nº 11.717 regula.-

Artículo Nº 003

Declárese de interés municipal el control de las actividades definidas en la Resolución 94/02 como generación y operación de residuos peligrosos.-

Artículo Nº 004

Deróguense las Ordenanzas Nº 2.281 y Nº 2.335 en cuanto lo que las mismas establezcan se oponga a lo establecido por la Ley Nº 11.717 y su Decreto Reglamentario Nº 101/3, normativa a la cual la presente Ordenanza ha adherido.-

Artículo Nº 005

Comuníquese, publíquese y archívese.-

Modifica por : Ordenanza Nº 2281