Ordenanza Nº 3431 : RED DE GAS - EJECUCIÓN - BARRIOS LOS ROBLES - LOS TILOS EL CRUCE - VILLA CASEY - LOS PINOS - ORDENANZA 2021 - MODIFICACIÓN

Visto :

Los proyectos de redes de gas domiciliario P/VT/05/082, P/VT/05/083, P/VT/05/084, P/VT/05/085 y P/VT/05/086, remitidos por la firma Litoral Gas S.A. para los barrios Villa Casey, Los Robles, El Cruce, Los Pinos y Los Tilos de esta ciudad, y;

Considerando :

Que para la gestión y ejecución de una obra de estas características es de aplicación la Ordenanza Nº 2021/1992, conocida como Programa de Obra Pública por Gestión Privada.-

Que es criterio del municipio local respetar el espíritu de tal norma, aunque no obstante, y para este supuesto particular, se requiere la modificación de algunos de sus artículos a los fines de agilizar su realización.-

Que para el proyecto citado se ha fijado como fecha de finalización estimada la del 13/01/2007, y más allá que tal estimación pueda ser modificada sería muy conveniente que para esa época los trabajos estuviesen ya en plena ejecución.-

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente Ordenanza:

Artículo Nº 001

Modifíquese el art. 2º de la Ordenanza Nº 2021/92 al sólo efecto de la ejecución de la obra de red de gas domiciliaria en los barrios Villa Casey, Los Robles, Los Pinos. Los Tilos y El Cruce de esta ciudad, el que dará redactado de la siguiente manera:

"Podrán contratar la construcción de red de gas del presente programa la totalidad de los propietarios de inmuebles de los barrios mencionados que representen a una UNIDAD DE OBRA, que podrá ser mayor, menor o igual a una cuadra".

Artículo Nº 002

Modifíquese el art. 4º de la Ordenanza Nº 2021/92 al sólo efecto de la ejecución de la obra de red de gas domiciliaria en los barrios Villa Casey, Los Robles, Los Pinos, Los Tilos y El Cruce de esta ciudad, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Autorizar a la Comisión Vecinal de los barrios Villa Casey, Los Robles, Los Pinos, Los Tilos y El Cruce a constituirse como Comisión de Gestión, la que funcionará formalmente y tendrá carácter representativo y de gestión".

Artículo Nº 003

Habilítese un Registro de Aceptación de Obras de acuerdo con lo establecido por la Ordenanza Nº 3400/06 y su Decreto Reglamentario Nº 153/06.

Artículo Nº 004

Modifíquese el art. 11º de la Ordenanza Nº 2021/92 al sólo efecto de la ejecución de la obra de red de gas, domiciliaria en los barrios Villa Casey, Los Robles, Los Pinos, Los Tilos y El Cruce, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a concurso de precios o licitación privada para la realización de la obra. Dicho llamado se publicará en los medios locales y al menos en el diario de mayor tirada de la ciudad de Rosario, invitándose en forma fehaciente a las empresas descriptas en el listado adjunto".

Artículo Nº 005

Modifíquese el párrafo 3ro. del art. 14º de la Ordenanza Nº 2021/92 al sólo efecto de la ejecución de la obra de red de gas domiciliaria en los barrios Villa Casey, Los Robles, Los Pinos, Los Tilos y El Cruce, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Las contrataciones de obra reguladas por este programa serán del tipo aptas para funcionar, es decir, obra terminada conforme reglas técnicas del proyecto y del buen arte y habilitadas para ser utilizadas de inmediato.
Establézcase asimismo, y teniendo en cuenta las circunstancias especiales de los barrios abarcados por el proyecto, en los que se encuentra gran cantidad de baldíos, que en tales predios no se contratará la conexión de los servicios domiciliarios".

Artículo Nº 006

Comuníquese, publíquese y archívese.

por : Ordenanza Nº 3400