Tras expirar la concesión vigente desde 1994
Tal lo indicado en la víspera por el secretario de Gobierno, Jorge Lagna, el Ejecutivo municipal remitió al Concejo el proyecto de ordenanza fijando el nuevo marco regulatorio para la Terminal de Ómnibus de nuestra ciudad, tras expirar el contrato de concesión de la empresa que la explotaba desde 1994.
Cabe recordar que en septiembre de 2016 el Ejecutivo tomó posesión del inmueble y sus instalaciones, impulsando desde entonces un plan de refuncionalización integral del espacio.

El mensaje presentado (033-G-2017) parte del concepto que se presta allí un servicio público indispensable de transporte y movilidad, por lo cual se consideró adecuado establecer un nuevo marco de regulación que comprenda tanto la temática vinculada a los medios de transporte como los servicios conexos y complementarios que se brindan.

Circulación y estacionamiento
En el corpus del proyecto, se fijan las normas de circulación y operación de ómnibus, en lo que respecta a las regulaciones vigentes a nivel nacional, provincial y municipal, siendo la Terminal el único ámbito de partida o arribo para las unidades autorizadas.
Se detallan además las áreas permitidas de circulación y estacionamiento y sus limitaciones, como también las operaciones en las plataformas, con tiempos establecidos para la prestación de los servicios.

Además deberá describirse el plan de servicios programados (partidas y arribos), conforme un diagrama de frecuencias autorizado por la Secretaría de Transporte, sean básicos de horario o refuerzos.
Cada empresa transportista que disponga iniciar sus operaciones desde la Terminal debe comunicar a la autoridad de aplicación su plan de servicios programados, con al menos diez días de antelación desde la primera partida o arribo de vehículos, como también deberá informar sus eventuales modificaciones o anulación de servicios, con aplicación de recargos en caso de incumplimientos.

Autoridad de aplicación
En otro capítulo se fijan en UTM las tarifas de plataforma para servicios regulares, no regulares (turismo, especiales) e interurbanos (alcance regional). También los cánones locativos para el uso de oficinas o espacios físicos, como boleterías, taxis y remises y despacho de encomiendas.
Será autoridad de aplicación la Secretaría de Desarrollo Productivo, que entre las facultades conferidas podrá disponer la concesión de explotación de otros servicios a prestarse en la Terminal, utilizando para ello los procedimientos de selección que “aseguren la mayor transparencia y eficacia en la prestación”.
Datos clave
Velocidad circulatoria dentro de la Terminal: no más de 20 km/h.
Tiempo de plataforma libre: desde 15 minutos anteriores al horario de partida previsto (con tiempos de tolerancia y recargos por incumplimientos).
Carga y descarga de bultos (excepción): no mayor de 15 minutos de permanencia.
Tarifas de plataforma (por cada salida o arribo):
- Servicios regulares: 6 UTM
- Servicios no regulares: 7 UTM
- Servicios interurbanos: 4 UTM
- Cánones locativos (abonos mensuales):
- Boleterías de transporte: 340 UTM
- Despacho de encomiendas: 295 UTM
- Taxis y remises: 200 UTM
Fuente: Dirección de Asuntos Legislativos- Prensa MVT
Fotos ilustrativas: Terminal de ómnibus