Información de la ASPA sobre rotulación de alimentos

Información de la ASPA sobre rotulación de alimentos

Agencia de Seguridad y Promoción alimentaria

La Agencia de Seguridad y Promoción Alimentaria (ASPA) informa que la rotulación (etiquetado) de todo alimento que se comercialice listo para ofrecerlo a los consumidores, envasado en ausencia del cliente, es obligatoria.

¿Qué información debe contener?

La rotulación de alimentos envasados deberá presentar obligatoriamente la siguiente información:

  • Denominación de venta del alimento
  • Lista de ingredientes
  • Contenidos netos
  • Identificación del origen
  • Nombre o razón social y dirección del importador, para alimentos importados.
  • Identificación del lote
  • Fecha de duración
  • Preparación e instrucciones de uso del alimento, cuando corresponda

Con respecto a la fecha de duración, ésta constará por lo menos de:

  • El día y el mes para los productos que tengan una duración mínima no superior a tres meses
  • El mes y el año para productos que tengan una duración mínima de más de tres meses.
  • Si el mes es diciembre, bastará indicar el año, estableciendo: “fin de (año)”.
  • La fecha deberá declararse con alguna de las siguientes expresiones: “consumir antes de…”; “válido hasta…”; “validez …”; “val …”; “vence…”; “vencimiento …”; “vto.…”; “venc…”; “consumir preferentemente antes de …”
  • La información nutricional para los productos que exige el CAA (Código Alimentario Argentino)

Para mayor información -por ejemplo, casos especiales o excepciones- consultar el Capítulo V del CAA o bien escribir al mail: assalvenadotuerto@gmail.com .

Foto ilustrativa